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¿Han desaparecido mis antecedentes?

Ilustración: Antecedentes penales
Ilustración: Julio Fuentes
Hace tiempo fui condenado por un delito de tráfico de drogas a la pena de un año de prisión y, como era la primera vez que tenía problemas con la justicia, me suspendieron la pena durante otros dos años, que acaban de cumplirse. ¿Quiere decir eso que estoy totalmente limpio y que ya no tengo antecedentes penales?
Anónimo

No, el hecho de que haya transcurrido el tiempo de suspensión, en tu caso dos años, no supone que automáticamente queden cancelados los antecedentes penales. Para ello deben transcurrir los plazos previstos en el Código penal. En el caso de las penas que no superen los doce meses, como la que te han impuesto a ti, los antecedentes se cancelan a los dos años de haberse cumplido la condena. En el caso de que la pena haya quedado extinguida, no por su cumplimiento efectivo, sino por el transcurso del plazo de dos años de suspensión, habrá que esperar a que transcurra este plazo de dos años de suspensión y, una vez transcurrido el mismo, se computarán los dos años para la cancelación de los antecedentes penales, retrotrayéndolos al día siguiente a aquel en que hubiera quedado cumplida la pena si no se hubiera concedido este beneficio. En este caso se tomará como fecha inicial del cómputo de la duración de la pena el día siguiente en que se hubiera concedido la suspensión. Como todo esto puede resultar un poco lioso, vamos a poner un ejemplo. Imaginemos que has sido condenado a la pena de un año el día 5 de abril de 2019 y que ese mismo día se te ha concedido la suspensión de la ejecución de la condena por el plazo de dos años. Esos dos años se cumplirían el 5 de abril de 2021. Pues bien, en ese caso todavía te quedarían antecedentes penales. El plazo de dos años para la cancelación de los mismos debería contarse desde que hubieras cumplido la pena en el caso de que no se te hubiera concedido la suspensión de la misma. El Código penal establece, como hemos visto, que hemos de suponer que el cumplimiento de la pena se ha iniciado al día siguiente en que te han concedido la suspensión. Como la suspensión te la habían concedido el 5 de abril de 2019, teniendo en cuenta que la pena es de un año, la habrías cumplido el 6 de abril de 2020. Es a partir de esta fecha que hay que computar el plazo de dos años para la cancelación de tus antecedentes penales, es decir, los antecedentes penales los tendrías cancelados el 6 de abril de 2022, a pesar de que la pena suspendida se considera cumplida el 5 de abril de 2021. En definitiva, después de haber transcurrido los dos años de suspensión de la pena, en tu caso deberías esperar un año más para ver cancelados tus antecedentes penales.

Pedro Caldentey

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