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Bajo el efecto del cannabis

Sé que si en un juicio alegas que cuando cometiste el hecho estabas bajo el efecto del alcohol u otras drogas puedes conseguir una rebaja en la pena. ¿Esto es así también con el cannabis?
Anónimo

Sobre el papel sí es así, pero en la práctica es difícil conseguir rebajas importantes de la pena. El artículo 20.2.º del Código penal establece la exención de la responsabilidad penal cuando se actúa “en estado de intoxicación plena” o bien “bajo la influencia de un síndrome de abstinencia”. El artículo 21.1.ª establece que atenuarán la responsabilidad penal las circunstancias del número 20, aunque estas no se den plenamente pero sí de forma parcial.

Por ejemplo, cuando la intoxicación todavía permite a la persona controlar mínimamente. El tercer supuesto es el del artículo 21.2.ª, que prevé la reducción de la pena en caso de actuar a causa de una grave adicción. Finalmente, existe el supuesto del artículo 21.7.ª, para aquellas circunstancias análogas a las anteriores, incluidas las ahora mencionadas. Por lo tanto, tenemos un supuesto en el que se exime de responsabilidad penal y, por lo tanto, no hay pena; y tenemos tres supuestos en los que la pena se reduce. Pero no basta alegarlo como se refiere en la pregunta, sino que hay que probarlo, y ese es el problema. Para acreditar estas circunstancias hay que aportar documentación médica, pedir analíticas y finalmente pedir ser examinado por un médico forense para certificar la existencia de las anteriores circunstancias y, en especial, que esas circunstancias afectan a la capacidad para conocer y querer, en lenguaje más técnico, las capacidades cognoscitivas y volitivas. Esto significa que el abuso en el consumo de la sustancia suponga un deterioro crónico o puntual que impida al sujeto actuar sabiendo qué es lo que está bien y lo que está mal. En el caso del cannabis esto es difícil, porque los médicos forenses suelen negar que el consumo de esta sustancia pueda provocar un deterioro cognitivo. En cualquier caso, si el consumo es realmente abusivo y se puede objetivar una situación de deterioro cognitivo o dependencia intensa, es necesario aportar un informe pericial de parte muy bien elaborado y citar al perito o perita al juicio oral. En otro caso, como mucho se aprecian atenuantes simples que rebajan poco la pena. Sí, esto es paradójico. Por un lado se mantiene la calificación del cannabis entre las sustancias más peligrosas, pero por otro se niega que pueda afectar a las capacidades del sujeto. Otra virtud del prohibicionismo. 

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