¿Cómo se pesa la marihuana para un juicio?
Tu pregunta es muy interesante porque la determinación de la cantidad de droga en una plantación de marihuana es un tema controvertido y muy importante en un proceso penal. Ya sabemos que la cantidad de sustancia es un elemento esencial del delito, por cuanto puede implicar una mayor o menor represión penal. A partir de 10 kg de marihuana, la pena mínima es de tres años de prisión; y a partir de 10.000 kg se considera de extrema gravedad, con penas superiores a cinco años y enormes multas. De este tema se ocupa principalmente el artículo 367 ter 1 y 2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Se establece que sobre la sustancia intervenida se deberán realizar los “análisis analíticos pertinentes”, tomar muestras y conservarlas, y si no hay orden judicial en contrario, destruirlas, si bien el secretario judicial deberá previamente dejar constancia de la “naturaleza, calidad, cantidad, peso y medida” de la sustancia, así como de su valor económico. Pero no se establece legamente cómo hacerlo. El 3 de octubre de 2012 se firmó un Acuerdo Marco de Colaboración entre diversas instituciones judiciales y gubernamentales, siguiendo directrices europeas, con el objeto de fijar la metodología adecuada para la toma de muestras y determinación de la calidad y cantidad de sustancia. En este Acuerdo se parte de la necesidad de la destrucción de la sustancia para evitar su acumulación en dependencias policiales o judiciales, con la excepción de que se solicite expresamente su conservación íntegra y se justifique debidamente. La metodología que se recoge se centra más en la toma de muestras que en la determinación del peso neto, y esto es debido a que está pensado para alijos de sustancias elaboradas, como cocaína o heroína, incluyendo el hachís, y no para plantas. Así, este protocolo tan solo exige que la policía tome el peso bruto de la sustancia intervenida, y que el laboratorio científico informe de la riqueza del principio activo y peso neto de la muestra remitida. Esto puede ser válido para sustancias procesadas, pero no para plantas. Así, lo cierto es que no hay protocolo específico, y que la policía lo suele hacer muy mal, de modo que muchos juicios se ganan gracias a esta desinformación. En sucesivos números os ampliaremos esta cuestión, que es ciertamente compleja y muy importante para los procesados por cultivo o posesión de plantas de marihuana.