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¿Cuándo caducan antecedentes penales?

Me condenaron a una pena de dos años de prisión por un maldito cultivo de marihuana, fue en el año 2017. ¿Cuándo me cancelarán los antecedentes penales?
Anónimo

El artículo 136 del Código penal regula esta importante cuestión de la cancelación de los antecedentes delictivos. La idea principal es que cuanto más grave es la pena más tiempo debe pasar para que los antecedentes puedan ser cancelados. El apartado primero del artículo regula cada uno de los plazos: son seis meses para las penas leves; dos años para las penas que no excedan de doce meses y los delitos imprudentes; tres años para las penas inferiores a tres años; cinco años para las penas entre tres y cinco años, y diez años para las penas superiores a cinco años.

En tu caso, por lo tanto, el plazo de cancelación sería de tres años. El cómputo del plazo se inicia el día siguiente al que se extingue la pena, es decir, desde que se termina de cumplir: si es prisión, el siguiente día después del último día de condena, y si es una multa, por ejemplo, cuando se paga el último céntimo de la multa. De modo que tienes que calcular esos tres años desde el día que cumpliste la pena.

En el caso de que no se ejecute la pena, es decir, en caso de pena de prisión, que se suspendiera su ejecución, como me imagino que es tu caso, el día inicial del período de cancelación es el día siguiente al de finalización de la pena, en el caso de que se hubiera cumplido, y se considera que se hubiera comenzado a cumplir el día en que se otorgó la suspensión. Se entenderá con un ejemplo práctico a partir de tu pregunta. Pongamos por caso que te condenan a dos años y la sentencia es declarada firme el 15 de noviembre de 2017, por lo que a primeros de diciembre se incoa la pertinente ejecutoria, y el día 31 de diciembre, mediante auto, el juez o jueza te otorga la suspensión de la ejecución de la pena con la condición de que no delincas durante el plazo de tres años.

Una vez pasado ese tiempo, si se comprueba que no has delinquido, se procede a analizar cuál será la fecha de cancelación, entonces, se tiene en cuenta lo siguiente: la pena de dos años de prisión, si hubiera empezado el 1 de enero de 2018, se habría cumplido el 31 de diciembre de 2020. Entonces, a partir del día siguiente, 1 de enero de 2021, habría que contar tres años, por lo que tu delito sería cancelable a partir del 1 de enero de 2024. Tienes que hacer los cálculos a partir de este datos.

Gabriel Miró

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