Pasar al contenido principal

¿Dos delitos, dos penas?

Delito contra la salud pública

Ilustración de Julio Fuentes.

A un colega le han condenado a dos años y seis meses por un delito contra la salud pública, y a un año y seis meses por un delito de asociación ilícita. ¿Va a tener que cumplir las dos penas? 

Anónimo

En principio, las penas superiores a dos años se tienen que cumplir. Puede evitarse solicitando el indulto y cruzando los dedos para que lo concedan, lo cual es muy difícil si no tienes uno o varios amigos en el Consejo de Ministros. Otra posibilidad es haber acreditado una problemática de drogodependencia, en cuyo caso se pueden suspender penas de hasta cinco años de prisión. En los casos de personas mayores, o muy enfermas, también se puede evitar el ingreso en la cárcel. 

Otra posibilidad, en este caso, es pedir la suspensión de la ejecución de la pena que es inferior a dos años, la de un año y seis meses por asociación ilícita; o si son hechos anteriores al 2015, incluso la sustitución de esta pena por multa o trabajos en beneficio de la comunidad. 

Si se consigue no tener que cumplir la pena de un año y seis meses, entonces se puede organizar un ingreso voluntario en prisión, con solicitud de clasificación inicial en tercer grado, de modo que, si lo conceden, al poco de entrar en prisión ya se pueda salir a la calle casi todos los días y, pronto, poder incluso pernoctar fuera de prisión la mayor parte de los días. En cualquier caso, todo lo que se pueda hacer en ejecución de sentencia es limitado, lo más importante es obviamente plantear muy bien la defensa en el proceso penal, para evitar estas penas que superan los dos años, intentando conseguir siempre atenuantes o circunstancias varias que permiten reducir la pena.

Gabriel Miró

Suscríbete a Cáñamo