Pasar al contenido principal

¿Ha prescrito?

En el número de la revista de junio dijisteis que el plazo máximo de instrucción era actualmente de un año y que, si no se han practicado las pruebas necesarias, se puede archivar. Tengo un asunto por cultivo, y hace más de un año que se me llevaron las plantas y aún no me ha llegado nada. ¿Quiere decir que ya ha prescrito? 

Anónimo

Tenemos que ir paso por paso, porque en tu pregunta se mezclan temas distintos. Una cosa es el plazo máximo de instrucción y otra es la prescripción de los hechos delictivos. En el número de junio pasado contestamos una pregunta sobre el plazo máximo de instrucción y os comentábamos que el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que las diligencias de investigación deben proponerse y admitirse para su práctica dentro del primer año de instrucción o, si transcurre este, durante las prórrogas de seis meses que se pueden ir acordando. En el caso de que no se haya dictado prórroga, no se pueden practicar más diligencias pasado el año. 

Otra cosa es la prescripción de un delito. La prescripción es cuando ha pasado un período largo de tiempo entre la comisión de un hecho y el inicio del proceso penal, o cuando el proceso penal queda interrumpido durante mucho tiempo. El período de tiempo depende de la gravedad del delito. En el caso contra la salud pública, en la modalidad de sustancias que no causen grave daño a la salud (marihuana), el delito va de uno a tres años, por lo que este delito prescribe a los cinco años, según el artículo 131.1 del Código penal. 

En tu caso, si hace más de un año que no sabes nada de este asunto, es posible que no se haya abierto un procedimiento judicial penal porque el juez al que le llegó el asunto decidiera archivarlo, por considerar que eran plantas para el consumo propio. ¡Ojalá sea así! Pero si al final te llegara, tienes que saber que tu declaración judicial, como investigado, sí se puede realizar fuera del año; es la única diligencia de instrucción que se puede practicar fuera del plazo inicial de instrucción o de cualquiera de sus prórrogas. 

Para que el supuesto delito prescriba, tendrás que esperar más tiempo. Ya sé que es difícil, pero es mejor si no preguntas nada, ni tú ni nadie por ti, no vaya a ser que el asunto haya quedado olvidado en algún estante y por preguntar lo activen. En el derecho penal, si estás para defenderte, siempre es mejor que pase el tiempo. 

Gabriel Miró

Suscríbete a Cáñamo