¿Pertenencia a grupo criminal?
Lo que se pueda hacer dependerá de cuál sea la realidad de los hechos. Pero tendrá que pasar por analizar muy detalladamente los indicios que presente la Policía para sustentar la hipótesis de la integración en grupo criminal. Hay que decir que en las primeras fases de las investigaciones por drogas se suele actuar a la brocha gorda, es decir, tirando la red y cogiendo todo lo que se mueve. Y es posteriormente que jueces y fiscales empiezan a analizar la participación de cada detenido separadamente. Al principio, en este tipo de investigaciones con muchos detenidos, casi todos van a prisión, y luego los van soltando poco a poco. Así que si este es el caso de tu amigo, es posible que pronto cambie su situación personal. En cualquier caso, para que haya organización o grupo criminal, el Ministerio Fiscal tiene que demostrar la existencia de tres o más personas, que de forma coordinada y estable realizan conjuntamente una serie de hechos delictivos, con reparto de tareas y un centro de decisión más o menos jerárquico. Para combatir esta acusación, es esencial sostener que el investigado, en todo caso, sería alguien que actúa de forma independiente en el mercado ilícito, que no mantiene reuniones ni discute con nadie aspectos organizativos de ningún tipo, a nivel de escoger proveedores, fijar precios de compra o de venta, sino que simplemente realiza sus propias transacciones sin el concierto previo con nadie. Sí, por ejemplo, le atribuyen una conexión de grupo criminal con determinada persona, que podría ser presentado como su jefe, o su subordinado, deben analizarse muy detalladamente todas las conversaciones con esta persona para demostrar que no hay estabilidad en la relación, que no toman decisiones de forma conjunta, que, por el contrario, discuten y negocian los precios de sus propias transacciones, es decir, que se venden entre sí y no conjuntamente a otros. Y de ello dependerá que no se le pueda aplicar la pertenencia a organización o grupo criminal, como delito autónomo o circunstancia agravante, y también, que no se le pueda imputar la droga hallada en el domicilio del otro, lo que puede implicar la agravante específica de notoria importancia por la cantidad de sustancia intervenida.