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Piso compartido II

Consultorio jurídico
Ilustración de Julio Fuentes
¿Y en el caso de que no haya una investigación policial previa, sino que la policía entra en el piso por una pelea, puede registrar la vivienda para encontrar drogas?
Bruno

Sí la podrá registrar, pero solo en el supuesto de que observe indicios de la comisión de un delito de tráfico de drogas y obtenga la necesaria autorización judicial. En estos casos, de acuerdo con la doctrina del “hallazgo casual”, la policía debe primero solucionar el problema de la pelea, evitando las agresiones y deteniendo, en su caso, a quien corresponda, y luego proceder a asegurar el lugar, esto es, a precintar la vivienda para que no se toque nada mientras solicitan la autorización judicial ante la evidencia de la comisión de un delito distinto. Es decir, ellos acuden por la posible comisión de un delito de lesiones, y se encuentran ante un escenario de indicios de la comisión de otro delito, tráfico de drogas. La entrada en el domicilio es legal, porque entran por una urgente necesidad, la de evitar lesiones graves, pero una vez dentro no pueden registrar directamente la vivienda sino que deben pedir previamente una orden judicial. Desde luego, hay que tener cuidado con quién se comparte piso.

Gabriel Miró

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