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Pruebas en el juicio oral

Ilustración: Julio Fuentes
Ilustración: Julio Fuentes
En el número de febrero hablasteis del caso de una asociación para la que se tiene que repetir el juicio oral porque se denegó la declaración de tres testigos en el primer juicio. Tenía entendido que estos testigos podían declarar ante la Audiencia Provincial. A mí me tocó declarar ante la Audiencia en un caso de unos compañeros. ¿No es un poco raro lo que explicáis en el caso de febrero?
Anónimo

Caray, muy buena pregunta. Bueno, es raro porque no es habitual, pero no porque sea incorrecto. Para situar a los que no son tan entendidos como quien formula esta pregunta, vamos a explicar un poco el marco general de las pruebas en el juicio oral penal. Existe un trámite procesal específico para proponer las pruebas que se van a practicar en el juicio oral, y que deben servir para demostrar la versión de cada parte. Este trámite es la fase intermedia, y se basa en la presentación de los escritos de conclusiones provisionales. En estos escritos, las partes proponen la prueba. El juez de lo Penal, al recibir el expediente, resuelve sobre la petición de prueba y admite unas y rechaza otras. Posteriormente, en el acto del juicio, las partes pueden proponer nuevamente prueba documental y también testifical, y volver a pedir las que se habían inadmitido. El juez vuelve a resolver sobre estas pruebas. Si se deniegan, se tiene que formular protesta alegando vulneración de derechos fundamentales. Una vez celebrado el juicio, y dictado sentencia, si esta no es favorable, se puede formular recurso de apelación y reclamar que se practiquen de nuevo esas pruebas. El Tribunal de apelación, si considera que se le denegó injustamente esa prueba, lo que suele hacer es practicarla previamente a resolver el recurso de apelación. Y ahí es cuando puede citar a testigos para que declaren en presencia del Tribunal, valorar la declaración como fuente de prueba y dictar sentencia en base a toda la prueba practicada. Sin embargo, si esa prueba que no se practicó es muy relevante, por su volumen, o por recaer sobre el núcleo de la discusión, en este caso debe repetirse el juicio. Y eso es lo que ocurrió en aquel caso. En el caso comentado en el número de febrero, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona consideró que debía repetirse el juicio porque la declaración testifical de tres personas era prácticamente la integridad de la prueba de la defensa.

Gabriel Miró

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