Registro de vehículo
El otro día me quedé dormido en el coche. Me despertó la policía local. Me hicieron salir del coche y me lo registraron de arriba abajo. Me dijeron que olía mucho a porros. Me encontraron 150 g de marihuana en un paquete. ¿Es legal el registro que hicieron?, ¿qué me puede ocurrir ahora?
Lamentablemente, debo decir que el registro del vehículo parece que sí fue legal. Y lo digo por los datos que tú nos ofreces. Dices que te quedaste dormido, por lo tanto, no es un lugar donde duermas habitualmente. Si el vehículo no es un espacio asimilable al de domicilio, como lo sería una caravana o una furgoneta camperizada, donde se duerme de forma habitual o, al menos, en algunos períodos, entonces no goza de la protección constitucional a la inviolabilidad del domicilio que sí tiene una vivienda, sea la habitual o incluso esporádica. Una reciente sentencia del Tribunal Supremo, la 246/2023, de 31 marzo, así lo establece. Si a este dato anterior añadimos que detectaron un fuerte olor a marihuana, la policía puede justificar que hubo un motivo para ese registro, ante la posibilidad de que se estuviera cometiendo un delito. Siendo válida la prueba obtenida, la intervención de 150 g de marihuana deja abierta la posibilidad de que fuera una posesión para consumo propio. Debes defender esta opción, claro que sí. La jurisprudencia admite cantidades de 100 g, por lo que 150 g son perfectamente defendibles como posesión para el propio consumo. Si todo fuera mal y te condenaran, la pena máxima sería de tres años, pero, por esa cantidad, no debería ser superior a los dos años, por lo que, si no tienes antecedentes penales, seguro que se te suspendería el ingreso en prisión.