Si se legalizara el cannabis, ¿se anularían las causas por cultivo?
En el caso de que se produjera una legalización del cannabis, ¿se anularían todas las causas por cultivo de marihuana?
Sin duda, muchas condenas serían anuladas. El Código penal, en su artículo 2.2, establece que las leyes penales que favorezcan al reo se aplicarán de forma retroactiva, aunque la sentencia ya sea firme y el sujeto esté cumpliendo condena. Esto quiere decir que, efectivamente, si el cultivo de marihuana dejase de ser delito por la promulgación de una ley que lo legalizara, esta ley se aplicaría a todos aquellos casos en los que se estuviera cumpliendo condena.
Como todos vosotros, esperamos que llegue el día en que, por fin, se anuncie la tramitación de esta ley reguladora del cannabis. A partir de ese momento, habría que ir viendo qué conductas dejan de ser delito y cuáles no. Sería posible que se legalizaran las asociaciones, pero no el tráfico de grandes cantidades de marihuana o hachís, o la venta a menores, o los macrocultivos, etc.
Habría que ver, por lo tanto, qué dejaría de ser delito, y respecto de esas conductas, se tendrían que revisar todas las causas condenatorias que estuvieran pendientes de cumplimiento o que se estuvieran en ese momento cumpliendo. En estos casos, las condenas se dejarían sin efecto. Lo que no se produciría es, por ejemplo, la devolución del pago de la multa proporcional del delito de tráfico de drogas. Si todavía se estuviera cumpliendo prisión o se tuviera la pena suspendida, y se hubiera pagado la multa, no devolverían el importe, porque se entienda ya extinguida la pena de multa. ¡Ojalá que no tardemos mucho en empezar a analizar todas estas cuestiones!