Trascendencia de la sentencia sobre Ebers
Sobre qué efectos tendrá sobre las demás asociaciones solo podemos decir que repercute favorablemente para aquellas asociaciones que están en situación procesal idéntica, es decir, a la espera de recurso ante el Tribunal Constitucional (Pannagh y Three Monkeys): no hay duda de que resultarán absueltas como Ebers. Estas asociaciones, igual que Ebers, fueron inicialmente absueltas, y posteriormente condenadas por el Tribunal Supremo por la comisión de un delito contra la salud pública, aplicando también un error de prohibición vencible.
En la tramitación de sus recursos, el Tribunal Supremo cometió el mismo defecto de forma que en el caso Ebers, por lo que el Tribunal Constitucional anulará también las correspondientes sentencias. Por lo tanto, no hay duda de que el Tribunal Supremo, a su vez, tendrá que tomar la misma decisión, absolviendo a los acusados. Ahora bien, respecto a las asociaciones que han sido procesadas con posterioridad a la primera sentencia del caso Ebers, ahora anulada, la absolución de Ebers no implica en absoluto que tengan mayor probabilidad de ser absueltas. Esto es así porque la decisión del Tribunal Supremo de considerar delictiva la actividad de las asociaciones cannábicas se mantiene en esta segunda sentencia del caso Ebers. Hay que insistir en que la absolución ha sido por error invencible de prohibición: se considera delito la actividad, pero se entiende que los acusados no sabían que lo que hacían era delito. Otra cuestión es si la anulación de la sentencia de 7 de septiembre de 2015, la primera del caso Ebers, tiene repercusión sobre la alegación del error de prohibición. Se podría argumentar que la incertidumbre sobre la licitud o ilicitud de la conducta se extiende hasta la sentencia de 21 de febrero de 2018, dado que la anterior del pleno fue anulada. Yo creo que no, entre otras razones porque ya el 5 de octubre del 2015 el Tribunal Supremo dictó la sentencia del caso Three Monkeys –todavía no anulada–, en la que se utilizó el mismo criterio para condenar a los acusados. Por lo tanto, las asociaciones deben tener claro que el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional consideran que la conducta es delictiva y que no podrán alegar ya el error de prohibición. Solo las asociaciones pequeñas y que no permitan la retirada del cannabis de la asociación tienen posibilidades de no ser condenadas en un procedimiento penal.