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La Audiencia de Alicante no ve delito en la actividad de una tienda de CBD intervenida

La sentencia considera que los productos de CBD intervenidos, que contenían menos del 0,2% de THC, no eran ilegales.

La Audiencia Provincial de Alicante ha sobreseído la causa abierta contra una tienda de CBD tras escuchar los argumentos presentados por la defensa y considerar que la actividad de la tienda no incurrió en ningún delito. La causa contra la tienda fue abierta como consecuencia de una intervención de la Guardia Civil junto al SEPRONA en la que se intervinieron varios productos de CBD, una de las muchas que han ocurrido en los últimos años en varias provincias españolas. 

Según la información publicada por Cannabis.es, como consecuencia de la intervención a la tienda alicantina se incautaron varios productos a base de CBD que estaban a la venta. Los análisis presentados durante el juicio revelaron que ninguno de los productos superaba el límite legal del 0,2% de THC. Este hecho fue señalado como parte de los argumentos de la defensa, junto con el criterio sobre el CBD que actualmente mantienen la Organización Mundial de la Salud y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que consideran que el CBD no es un narcótico y por tanto no debe ser fiscalizado.

El año pasado un juzgado de Valencia absolvió al propietario de otra tienda de CBD apoyándose también en la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE y en contra de la versión de la Fiscalía, que insiste en que los cogollos de la planta del cannabis son un narcótico, aunque su contenido en THC sea menor que el 0,2%. Aquella sentencia también consideró que los productos de CBD que no superen el 0,2% de THC no son un narcótico y no puede prohibirse su comercialización dentro de la Unión Europea si han sido producidos legalmente en uno de sus países, incluso aunque se trate de cogollo.

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