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Conformidad parcial

En un caso de ediciones anteriores de la revista hablabais de una conformidad parcial. ¿De qué se trata?, ¿se aceptan unos hechos y otros no? 

Anónimo

Seleccionamos esta pregunta porque nos viene bien para el caso de hoy. Una conformidad parcial se refiere a que solo una parte de los acusados llegan a un pacto con Fiscalía para reconocer los hechos a cambio de una rebaja en la pena, de modo que el juicio tiene que continuar respecto de los otros acusados. En la inmensa mayoría de los casos, las conformidades son para todos los acusados, dado que la Fiscalía y los propios jueces se niegan a reducir condenas sin ganar nada a cambio (evitarse largos y tediosos juicios). Pero en algunos casos especialmente complejos, donde se evitan muchas partes del juicio, o incluso, en casos donde ven difícil condenar al acusado, la Fiscalía puede aceptar e incluso promover la conformidad.

Gabriel Miró

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