El Juzgado de lo Penal número 9 de Valencia ha absuelto al presidente de la Asociación Tetrahidrocannabinol que había sido acusado de un delito contra la salud pública. La jueza ha dado la razón a la defensa del acusado que argumentó que el registro policial que motivó la denuncia había sido realizado de forma irregular, ya que nadie permitió la entrada a los agentes ni estos contaban con una orden judicial que la avalara.
“No consta que ninguno de los presentes, que eran socios o usuarios de las instalaciones de dicha asociación, sin cargo alguno en ella, diera el consentimiento para que se procediera al registro del inmueble”, dice la sentencia, según ha publicado eldiario. “Tampoco consta en autos que se recabara y obtuviera autorización judicial a tal fin, ni que se produjera el mismo por hallarse los agentes ante una situación de flagrante delito”.
Los agentes registraron el local de la asociación sin la autorización de ninguno de los presentes y sin la presencia del abogado, aunque en el atestado del registro los agentes escribieron que sí estuvo presente. Durante el registro los agentes encontraron varias plantas de cannabis en crecimiento, que para la jueza suponen una “escasa cantidad de plantas”, y 194 gramos de cannabis. La Fiscalía había pedido una pena de tres años de cárcel y una multa de 2000 euros por un presunto delito contra la salud pública.