La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a las tres personas que fundaron el club MAD 16:20, y que fueron acusadas de un delito de asociación ilícita y otro contra la salud pública. La Fiscalía había pedido una condena de cinco años y ocho meses de prisión y una multa de 16.480 euros para el presidente, el secretario y la tesorera, pero la audiencia ha dado la razón a la defensa y ha dictado la absolución de los tres acusados.
La asociación fue fundada en el año 2017 en la travesía de San Mateo, en Madrid, y ese mismo año alcanzó los 240 socios, dice la sentencia citada por Expansión. El 14 de junio de ese año se llevó a cabo un registro del local autorizado por un juzgado, el el que la policía intervino 475 gramos de marihuana, 223 de hachís, 28 cigarrillos con marihuana, 25 galletas de cannabis, además de útiles para la asociación como una báscula de precisión, bolsas de plástico pequeñas, y 1234 euros en efectivo.
Según la sentencia el club funcionaba bajo el principio del consumo compartido entre sus socios, y se ha considerado probado que el cannabis incautado fue adquirido días antes por un grupo de socios para el consumo compartido de todos los participantes. La Audiencia no ve delito en “la constitución de una asociación y un número elevado de socios, que participan en una compra mancomunada para obtener sustancia estupefaciente para su propio consumo”. La absolución se basa en que, según el tribunal, “no se ha acreditado una vocación al tráfico ni una intención en los acusados de promover, favorecer o facilitar el consumo ilegal de drogas”.