Los sedantes como el alprazolam (vendido con el nombre comercial de Trankimazin), lorazepam (Orfidal), diazepam (Valium) y bromazepam (Lexatin), o analgésicos como el tramadol y la codeina son pastillas familiares en el Estado español. Todas ellas, fármacos con muchos efectos secundarios cuyo consumo sin prescripción no parece preocupar a las autoridades sanitarias o, como mínimo, no les ocupa tanto como el consumo de cannabis que es una sustancia mucho más segura y efectiva en relación a la automedicación y el bienestar que buscan muchas personas que las consumen.
Hace dos años –a nivel internacional– Facebook cerró varias cuentas famosas relacionadas con el cannabis, pero YouTube había sido, hasta el momento, mucho más amigable y tolerante con la temática. Este mes pasado el buen rollo youtuber acabó abruptamente y empezó un cierre en cascada de canales de comunicación cannábicos, así como de bancos de semillas. La medida, que llegó sin aviso público de YouTube, tiene al mundo del cannabis indignado. ¿No es paradójico que podamos ver videos sobre cómo hacer bombas con artículos para el hogar y se nos prohíba difundir cultura cannábica?
Nos alegramos mucho por Martín Barriuso y los miembros de Pannagh a los que la Sala Segunda del Tribunal Constitucional (TC) ha absuelto en relación a la demanda de amparo que presentó el despacho de abogados Estudio Jurídico Brotsanbert por un delito contra la salud pública. Ciertamente, la sentencia no es lo que se esperaba. Se trata de una chapuza basada en corta y pega de la sentencia de Ebers. No hay ni un gramo de novedad en la sentencia, así que la mayor parte del enorme trabajo que se hizo en el recurso ha sido en vano. ¡La lucha sigue!