México, 22 de mayo de 2018.- Tras posponer dos semanas la discusión del amparo al senador con licencia Armando Ríos Píter, este miércoles 23 de mayo se abordará en la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el proyecto del ministro José Ramón Cossío Díaz en el que propone que la Comisión federal para la protección contra riesgos sanitarios (Cofepris) le otorgue permiso para sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar cannabis con fines personales.
Este proyecto va en el mismo sentido que los dos amparos concedidos por la Corte anteriormente, uno en noviembre de 2015 y el pasado 11 de abril, el segundo.
Entre los argumentos presentados en los tres amparos se señala que “la prohibición del consumo de marihuana implica la supresión de conductas que confieren al individuo una diferencia específica de acuerdo a su singularidad, restricción que no se encuentra justificada ya que la imposición de un estándar único de vida saludable no es admisible en un Estado liberal que basa su existencia en el reconocimiento de la singularidad e independencia humana. Así, en síntesis, sostuvo que la prohibición para consumir marihuana se basa en un prejuicio sustentado en valoraciones morales y no en estudios científicos, revelando que el Estado no ha actuado con neutralidad ética”, reza la respuesta 4 a la pregunta de si ocho artículos de la Ley General de Salud son violatorios del derecho al libre desarrollo de la personalidad, planteada en el proyecto de Amparo en revisión 623/2017, presentado por el minostro José Ramón Cossío Díaz.
Los ministros solicitaron más tiempo para analizar el proyecto, que originalmente se discutiría el 9 de mayo. A diferencia de los precedentes, el que se discutirá mañana añade la orden para que en la licencia que emita Cofepris se determine la cantidad de semillas y la forma en que habrán de adquirirse. Esto podría significar el otorgamiento de permisos especiales, puesto que, como menciona el citado proyecto, “Sobre la solicitud de importación de la semilla, esta Primera Sala advierte que el artículo 290 de la Ley General de Salud establece un catálogo taxativo de sujetos que pueden recibir autorización especial para importar sustancias psicotrópicas, productos o preparados de las mismas entre los que no se encuentran las personas físicas” (…) “Este artículo no fue impugnado en el juicio de amparo y, por tanto, su constitucionalidad no forma parte de la litis. Siendo así, resulta notorio que el quejoso no ha impugnado la totalidad de los artículos que potencialmente le permitirían la importación de las semillas en los términos solicitados, por lo que no resulta conducente concederle la protección constitucional para tal efecto”.
Este tema ha sido abordado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo en las discusiones previas de los amparos para consumo de uso personal de marihuana, de ahí que los ministros solicitaran dos semanas más para incluir el tema de las semillas.
El quejoso, Armando Ríos Píter, a la sazón senador con licencia, se ha pronunciado en diferentes ocasiones por la regulación del cannabis y de la amapola, dada la situación de violencia que se vive por la actividad de distintas organizaciones criminales en las montañas de la zona de Guerrero, estado de donde es originario.
De concedérsele el amparo, Ríos Píter sería el noveno mexicano autorizado para cultivar con fines personales, a saber: los cuatro primeros del caso SMART (Sociedad mexicana de autocultivo responsable y tolerable) en noviembre de 2015; la autorización de Cofepris (previa decisión de un juzgado sin que el caso “subiera” hasta la Suprema corte) a Zara Snapp, Aram Barra y Herminia Pasantes en mayo de 2016, y el amparo concedido al abogado Ulrich Richter en abril de este año.
A finales de abril, la Cofepris informó que, desde finales de 2015, se recibieron 459 solicitudes para uso personal de cannabis (El Sol de México).