El uso, cultivo y posesión del cannabis ya estaba prohibido anteriormente en el país, pero la nueva ley introduce mayores restricciones y penas para los que se relacionen con cualquier producto relacionado con la planta.
La nueva resolución aprobada por el gobierno no solo está referida al cannabis, sino que incluye la “prohibición de la importación, tenencia, transportación y exportación con fines terapéuticos o recreativos de la planta Cannabis (marihuana), el arbusto del Erythroxylum coca (coca) y de la Banisteria laurifolia (yagué)”, así como las “flores, semillas, productos o sustancias derivadas que produzcan efectos similares a las drogas para el territorio nacional”.
El código penal cubano prevé penas de entre cuatro y diez años de cárcel para la persona que trafique, adquiera, importe o exporte cannabis u otra planta de propiedades similares en el país. En el caso de grandes cantidades las sentencias aumentan de 15 a 30 años, pudiendo incluir la condena de muerte, en caso de que los culpables sean funcionarios públicos o involucrados en el tráfico internacional.
En la nueva ley aprobada en julio por el Ministerio de Salud Pública se cierra la puerta al uso medicinal, pero también vulnera el derecho a la información al prohibir la “bibliografía”, en una disposición abierta a la arbitrariedad de las autoridades en múltiples aspectos al prohibir “importar, tener, transportar o exportar bebidas, alimentos, materiales, bibliografía, propaganda, bienes, objetos, parafernalia, cigarrillos electrónicos o cualquier otro insumo que incite, estimule o propague el uso de la planta Cannabis”, según dice el texto legal.