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El caso de este mes va de una persona ausente. No estuvo el día en que la policía entró a registrar el domicilio ni cuando detuvieron a uno de los moradores ni cuando al día siguiente se abrieron diligencias penales y tomaron declaración al investigado y a los testigos.

El caso de este mes va de una persona ausente. No estuvo el día en que la policía entró a registrar el domicilio ni cuando detuvieron a uno de los moradores ni cuando al día siguiente se abrieron diligencias penales y tomaron declaración al investigado y a los testigos. De él solo tenían unos papeles en una de las habitaciones: una cartilla de un perro, una multa por consumo en la vía pública y una notificación de una sentencia absolutoria por otro asunto que le habíamos llevado. Tuvo que aparecer meses más tarde, durante la instrucción penal, una vez el juzgado había decidido su imputación como consecuencia de la solicitud del fiscal.

Todo había comenzado un día en que él no estaba en casa. Uno de los residentes en la vivienda estaba liándola con dos conocidos del barrio, pero la fiesta acabó en trifulca. Los vecinos, que ya estaban hartos de ellos, por tener la casa ocupada pero, sobre todo, por llevar los perros sueltos arriba y abajo y por malos olores, llamaron enseguida a la policía. Los agentes no tardaron en llegar, y al subir, se cruzaron en la escalera con dos de las personas que estaban dentro, quienes dijeron que el que vivía en la casa les había agredido con arma blanca, que estaba arriba y que era peligroso. La policía siguió escaleras arriba y, una vez en el interior del piso, vieron que no había nadie, que la persona había huido por el balcón. Salieron de nuevo a la calle pero ya no lo vieron. El pequeño lapso de tiempo que estuvieron en el interior del piso ya les valió para detectar indicios de tráfico de drogas. Volvieron a subir, precintaron la vivienda y pidieron autorización judicial. Habían visto bolsas transparentes con sustancias de diversos colores, placas que parecían de hachís, bolsas pequeñas tipo monodosis, balanzas de precisión y diversos útiles para el consumo.

Mientras esperaban la orden judicial, apareció en el lugar una persona gritando que aquella era su casa y que qué estaba pasando. La policía lo detuvo inmediatamente con cargos por delito de tráfico de drogas. El titular del juzgado de guardia no dudó en autorizar la entrada y registro, y la realizaron acompañados del detenido, quien manifestó que era una casa ocupada, que eran tres y cada uno tenía su habitación. Mostró la suya, en la que no encontraron más que unos pocos gramos de hierba y un resto de gramo de cocaína, y no dijo nada más sobre las otras habitaciones. La policía judicial fue estancia por estancia recogiendo los indicios del delito, y por fin entraron en la de nuestro personaje del mes. En su habitación encontraron 63,5 g de MDMA, 24 de ketamina, una balanza de precisión, bolsitas pequeñas de autocierre y los papeles que le incriminaban, con su nombre y apellidos. Meses después, cuando se entregó al juzgado, declaró que no residía en aquella vivienda desde hacía tiempo, que nada de lo que había en aquella habitación era suyo excepto esos papeles, que los había dejado olvidados. Optamos por esta estrategia de defensa porque era la única viable. Y hubiera podido dar sus frutos si la testigo de la que me había hablado, supuesta compañera de viaje durante los últimos meses, hubiera comparecido también en el juzgado a declarar, y si la policía no hubiera hecho tan bien su trabajo. Sí, a veces trabajan demasiado bien: los agentes, días después de los hechos, fueron piso por piso del edificio preguntando a los vecinos si los sospechosos estaban residiendo en aquella vivienda durante aquellos días, con tan mala fortuna que cuatro de ellos reconocieron a nuestro personaje como residente habitual.

El juicio se celebró un año después, y fueron como acusados mi cliente y el otro residente, el que se presentó a la policía. Al tercero, el que había estado en la trifulca, nunca lo encontraron ni se presentó. Al empezar, pedimos la nulidad de la entrada y registro porque no se había autorizado expresamente la apertura de habitaciones cerradas con llave o candado, e impugnamos en informe la identificación que habían hecho los testigos y alegamos también el consumo propio. Pero todo fue infructuoso. Condenaron a nuestro personaje a tres años de cárcel y multa, mientras que, con buen criterio, absolvieron al otro acusado, por no tener nada en su propia habitación.

Contra la sentencia condenatoria hemos presentado recurso de apelación ante el Tribunal de Justicia de Cataluña, que está pendiente de resolución, alegando derecho a la presunción de inocencia por falta de prueba de cargo suficiente, pero especialmente por la deficiente identificación de los vecinos, que solo reconocieron al acusado en una fotografía única que les exhibió la policía, y no en una composición de fotos como exige la ley, viciando de ese modo todos los reconocimientos posteriores. Veremos qué pasa. Si va bien, como última opción para evitar la cárcel, quedará pedir la suspensión de la pena, alegando problemas de drogadicción.

Este contenido se publicó originalmente en la Revista Cáñamo #290

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