En el número de marzo de esta revista os contábamos la detención y procesamiento de Fernando por cultivar marihuana. Lo hacía en una casa alquilada, donde no vivía, pero donde sí pasaba tardes bañándose en la piscina después de cuidar la plantación. La policía lo descubrió porque una vecina alertó de un intento de robo en la vivienda por parte de dos personas a altas horas de la noche. Los agentes llegaron a la vivienda y entraron. En su interior no encontraron a los ladrones pero sí la marihuana. La policía preservó el lugar y esperó pacientemente. Cuando Fernando llegó, acompañado de dos personas, le presionaron para que autorizara la entrada y registro de los agentes, cosa que hizo. Entraron y levantaron acta de todo lo que había. Se intervinieron 400 plantas y 267 esquejes, y los detuvieron a los tres. En la fase de instrucción se archivó el caso para sus dos acompañantes, pero se abrió juicio contra Fernando. El Ministerio Fiscal, a partir de la pericial del laboratorio científico de los Mossos d’Esquadra, hizo sus cálculos y le salió que la sustancia total intervenida era de 99,95 kg, casi cien kilos. Por ello, formuló acusación por un delito contra la salud pública agravado, por notoria importancia, pidiendo una pena de cuatro años de prisión, y multa de doscientos setenta mil euros, con una responsabilidad penal subsidiaria (RPS) de diez meses de prisión. Asimismo, le acusó por defraudar electricidad y agua, con una pena de doce meses de multa, a razón de dieciocho euros, y seis meses de RPS.
De cara al juicio teníamos pocas posibilidades de defensa. La opción de la absolución pasaba por declarar nula la entrada y registro. Para ello teníamos que sostener que la autorización para entrar a la vivienda fue dada bajo coacción, y que la entrada previa, persiguiendo a los supuestos ladrones, era ilegal por no existir delito flagrante. También había que cuestionar el testimonio de la vecina que llamó a la policía, y que había sido citada al juicio oral. Muy complicado, y por lo tanto, demasiado riesgo de que la estrategia fallara y tuviera que entrar en prisión. El siguiente objetivo, a falta de absolución, es siempre conseguir una pena inferior a dos años que permita evitar el ingreso en prisión. La misión del abogado penalista es, en esencia, evitar la cárcel. Hay penalistas famosos que solo se dedican a las conformidades. No quieren cárcel en su expediente. Pero esta opción estaba igualmente muy complicada. Le pedían cuatro años por cien kilos de marihuana, cuando, como sabéis, a partir de diez kilos ya nos vamos a una pena mínima de tres años. Se estudió la posibilidad de una atenuante por drogadicción, pero no había informes que lo avalaran. Se pidió la prueba médico forense, pero negó cualquier afectación por causa del consumo de drogas. La única posibilidad que quedaba era reducir la cuantía intervenida de cien kilos a menos de diez. Se contrató a un perito agrónomo y se trabajó a fondo en una buena prueba pericial. Después de mucho análisis, descubrimos una forma de impugnar el cálculo del fiscal. El error estaba en la metodología empleada en el cálculo, de modo que no era posible determinar correctamente la cantidad intervenida. La idea era buena, pero yo tenía muchas dudas de que si íbamos a juicio el juez nos fuera a dar la razón, invalidando el cálculo del Ministerio Fiscal. De nuevo, mucho riesgo. Mi plan, por el contrario, era lograr una conformidad con el fiscal a base de insistir e insistir en su error de cálculo. Sabía que si entrábamos a juicio estábamos perdidos. El acusado, además, quería por encima de todo evitar el ingreso en prisión. Le daba igual tener antecedentes penales, e incluso, tener una pena de multa muy elevada. El día del juicio pedí hablar con el fiscal. Inicialmente me saludó muy cortés y se avino a negociar. Sin embargo, enseguida se enrocó, diciéndome que ya sabía yo que en ningún caso tenía el fiscal autorización para eliminar una circunstancia agravante como la de notoria importancia, y que lo máximo que me podría ofrecer eran tres años y reducir la pena económica. Insistí e insistí, y poco a poco se fue abriendo a entender que efectivamente podía haber un error de cálculo. Me hizo salir de la sala y volver a entrar. Discutimos un poco más y por fin me dijo que sí, que aceptaba bajar la pena. Yo seguí presionando y al final conseguimos la pena mínima. Le condenaron a una pena de un año de prisión, y de multa, en vez de doscientos setenta mil euros, tan solo cinco mil doscientos euros, con veinte días de responsabilidad penal subsidiaria. Y por la electricidad y agua, una pena mínima de multa. Un gran alivio.