El caso de este mes tiene que ver con la posible imputación de un delito de falso testimonio en un juicio por un delito contra la salud pública. Lo que ocurrió es que nuestra protagonista, a la que podríamos llamar Antígona, por razones que ahora veréis, recibió un domingo a primera hora una llamada de una persona que dijo ser el abogado de un amigo suyo. Este amigo estaba detenido por la posesión de 14 g de cocaína. El abogado le dijo que si la llamaban a declarar tenía que decir que era para el consumo de siete amigos en una fiesta, y que esa fiesta era precisamente por su cumpleaños, el de Antígona, y en su propia casa. Antígona se quedó muda, no tenía previsto desayunarse ese marrón aquella mañana soleada, segundo día de su trigésima cuarta vuelta al sol. ¿La fiesta, en mi casa, por mi cumpleaños, 14 g de cocaína? ¿Por el colega este, que siempre va pasado de vueltas? “Esto lo tengo que consultar –le contestó–, no puedo decidirme ahora sin tener más información”. “Ya, pero es que él tiene que decir todo esto hoy, en su declaración judicial de esta mañana, y dar los nombres de los amigos, si no, no tendrá credibilidad, y el tuyo es muy importante porque eres la única de sus amigos que cumple años estos días…”.
Antígona era una mujer curtida en la calle y, además, trabajaba en un servicio de drogodependencias. Sabía de qué iba el rollo. “Bueno –dijo–, adelante, pero espero tu llamada para aclarar bien todo esto. Si no se organiza bien, me bajo del carro”. Al cabo de unas semanas el abogado organizó una reunión en su despacho. Al amigo, al que podemos llamar Polinices, como el hermano de Antígona, le habían pillado con 14 g de cocaína y 190 € en efectivo. Lo que se tenía que defender en el juicio era que el investigado había ido a comprar la cocaína para todos, para consumirla conjuntamente el día del cumpleaños de Antígona, y que el dinero era para comprar bebida para todos ellos y algo de picar. En la reunión repitieron estas cuestiones varias veces: a qué hora se había ido, cuánto le había dado cada uno de dinero y poco más, y quedaron que volverían a hablar antes del juicio. Antígona consultó con un abogado amigo suyo pocas semanas antes del juicio en la Audiencia Provincial. Le explicó la historia y le pasó las notas que había tomado en la reunión. Su amigo abogado se dio cuenta rápidamente de que Antígona podía meterse en un buen lío. Si no declaraban todos los amigos exactamente lo mismo, de forma coherente, sin fisuras, y dando tanto detalle como si hubiera ocurrido de verdad, entonces podía ser acusada de un delito de falso testimonio por el artículo 458.1 del Código penal, castigado con pena de prisión de seis meses a dos años y multa de tres a seis meses. Antígona habló con su amigo y le exigió que convocara ya otra reunión con el abogado y todos los testigos para poder preparar todos los detalles de la fiesta. Había que inventarlo todo: de quién había sido la idea, quién había llamado a quién para convocar la fiesta, cuándo le dio cada uno el dinero al acusado, qué día, a qué hora, por qué 14 g y no 12, cuánto consumía cada uno, etc. Se tenía que hablar todo exactamente como si hubiera ocurrido de verdad. Gracias a su insistencia, tuvieron dos reuniones antes del juicio, pero no parecía suficiente. Además, algunos ni habían ido a las dos reuniones.
Antígona llegó al día del juicio muy preocupada. O decían todos lo mismo, y bien dicho, o el fiscal podía pedir contra ellos un juicio por falso testimonio. Y ocurrió exactamente eso. Frente a varias preguntas del fiscal, algunos testigos no supieron qué responder y decían que no se acordaban, lo cual no era creíble porque hacía muy poco que habían ocurrido los hechos. En ocasiones se contradijeron, diciendo cosas incompatibles y fuera del guion. El fiscal se fue encendiendo cada vez más, y contra los últimos testigos fue muy duro. Por suerte, Antígona había declarado la primera. En el trámite de conclusiones y en su informe, el fiscal pidió la condena del acusado y que todos los testigos fueran procesados por un delito de falso testimonio. Por suerte para Antígona, el Tribunal dictó sentencia condenatoria, pero sin ordenar el procesamiento de los testigos. Por los pelos…