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Mario y María al volante

Consultorio Jurídico Ilustración: Julio Fuentes
Julio Fuentes

Mario había fumado maría y se puso al volante. Su pareja le propuso dejar el coche y optar por el transporte público, pero él quiso arriesgarse. El problema no vino por un control rutinario de la policía ni por una maniobra mal realizada que alertara a los agentes, fue algo mucho más grave. 

Le he hemos puesto el nombre de Mario para hacer un juego de palabras. Mario había fumado maría y se puso al volante. Iba con su pareja, que también había fumado, y no quería ponerse al volante. Ella le propuso dejar el coche y optar por el transporte público, pero él quiso arriesgarse. El problema no vino por un control rutinario de la policía ni por una maniobra mal realizada que alertara a los agentes, fue algo mucho más grave. En una incorporación a una vía principal, Mario no vio como se acercaba una moto y por desgracia tuvieron un ligero contacto que desestabilizó la motocicleta y finalmente la hizo caer. 

La conductora iba acompañada de su hija menor: la niña no sufrió daños, pero la madre sí, se golpeó en la cabeza, y justamente no llevaba casco. Es horrible, pero sí, la señora no llevaba casco y justo se golpeó en la cabeza. La ambulancia se la llevó, con muy mal pronóstico. Luego se supo que tuvo lesiones cerebrales y medulares graves, y que probablemente tendría que ir siempre en silla de ruedas. 

A Mario le hicieron control de alcoholemia y el test de saliva. Dio negativo en el primero, pero, en el segundo, positivo en cannabis. Los Mossos se frotaron las manos, ya tenían culpable. No lo detuvieron, pero lo citaron para comparecer ante el juzgado de instrucción de lo penal. Años después le ha llegado la acusación penal, con petición fiscal de cuatro años de cárcel por un delito de conducción bajo los efectos de las drogas del artículo 379.2, en concurso con el delito del artículo 382, de lesiones por imprudencia grave, en relación con las lesiones del artículo 152.1.2.º, del Código penal. La pena solicitada es de tres años de prisión, prohibición de conducir durante cuatro años y revocación del permiso de conducir. 

Asimismo, como responsabilidad civil, se le piden casi dos millones de euros. Como sabemos, las compañías de seguros son las responsables directas de la indemnización, y de hecho ya han pagado esta suma cercana a los dos millones de euros. Sin embargo, el artículo 10.a) de la Ley de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor otorga a la compañía aseguradora el derecho de reclamar al conductor esta cantidad cuando el accidente se produjo por conducir bajo los efectos del alcohol u otras drogas.

Hay que vigilar, porque, en un instante, puede cambiarnos la vida, no solo la de la víctima, por supuesto, también la de Mario: por no coger el transporte público y, tal vez, por no conducir con más cuidado. Es cierto que la conductora no llevaba casco, pero difícilmente esto va a cambiar nada en la situación jurídica de Mario, dado que la conducta delictiva sería la misma, y en el caso de la responsabilidad civil, si esta se redujera en un cincuenta por ciento por responsabilidad compartida, le quedaría igualmente en un millón de euros, que nunca podría pagar, se quedaría para siempre en lo que se llama muerte civil, sin la posibilidad de tener en el futuro ninguna propiedad ni sueldo que no sea embargado en lo que exceda del salario mínimo. 

La defensa pasa ahora por generar la duda de si efectivamente iba bajo los efectos de la previa ingesta de cannabis, para lo cual habrá que discutir la sintomatología y el análisis pericial de la saliva, atacando básicamente la cadena de custodia. Ahora que viene el verano y se hacen viajes, algunos por carretera, más vale recordar el caso de Mario y no conducir al menos durante los tres días siguientes a consumir, para evitar que queden vestigios del consumo. 

Este contenido se publicó originalmente en la Revista Cáñamo #331

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