El Juzgado Penal número 10 de Madrid ha resuelto la absolución de una persona acusada de cometer el delito contra la salud pública, al comprobarse que el cannabis que se le confiscó en el momento que fue detenido eran flores con alto contenido de CBD y que el THC no superaba el 0,3%. La Fiscalía había solicitado dos años de prisión y el pago de una multa de 2,600 euros, que ahora quedaron sin efecto.
El caso comenzó cuando agentes de la Policía Nacional que realizaban un control de vehículos en la cuesta de San Vicente de Madrid, durante la madrugada del 20 de octubre del año 2020, encontraron una bolsa llena cogollos en una bolsa que se encontraba dentro de una mochila que pertenecía a un conductor. En total, se trataron de poco más de 359 gramos de flores. La persona fue detenida y luego se la acusó del delito contra la salud pública por la tenencia de un estupefaciente supuestamente prohibido ante la mirada de las fuerzas de seguridad y, posteriormente, la Fiscalía.
Casi cuatro años más tarde del hecho, el acusado declaró durante el juicio que la sustancia secuestrada por la Policía Nacional iba a ser utilizada por él mismo para controlar sus ataques de ansiedad y que lo había adquirido una tienda habilitada. Si bien la persona les explicó a los agentes que el cannabis tenía fines medicinales, poco les importó. Pero la Justicia no solo tomó en cuenta el testimonio del acusado, sino también peritó las flores y comprobó que estas contenían alto contenido de CBD. Mientras que, por el contrario, tenía menos de un 0,3% de THC y se ajustaba a las normativas europeas con respecto al acceso de la planta actual.
"Es de gran relevancia porque la Fiscalía viene considerando cannabis psicoactivo, independientemente de su porcentaje de THC, a las sumidades floridas aunque sean de cáñamo industrial y por ende cannabis no psicoactivo, lo que está generando mucha inseguridad jurídica a los agricultores de cáñamo de toda España", dijo Raquel Nieto Ruiz, la abogada del acusado.