A pocos meses de que el Supremo Tribunal de Justicia (STJ) de Brasil despenalizara la tenencia de cannabis para uso personal, la máxima corte revocó la condena de seis años y medio de prisión a una persona que había sido sorprendida por las fuerzas de seguridad con la posesión de 37 gramos de marihuana. La decisión se tomó a partir de la disposición judicial que establece el umbral de 40 gramos para diferenciar a los consumidores de los narcotraficantes, establecido en junio pasado.
La persona acusada se trataba de un hombre que estaba preso por otro delito en un penal de Mato Grosso do Sul y que poseía una lonchera con 37 gramos de cannabis. Por este delito, había condenado a otros seis años y cinco meses de reclusión. Pero finalmente, la Justicia revocó esta última sentencia.
“La jurisprudencia de este STJ viene adoptando una postura clara respecto de la necesidad de consolidar un marco seguro en materia de autoría y materialidad”, dijo Daniela Teixeira, ministra del máximo tribunal, mediante un comunicado oficial. Además, en su votación para revocar la condena del acusado, ella recordó los parámetros establecidos en la despenalización para diferenciar el consumo personal del comercio ilícito. Entre ellos destacó la naturaleza y cantidad de la sustancia; lugar y condiciones a los que tuvo lugar la supuesta acción delictiva; circunstancias sociales y personales; y los antecedentes de la persona imputada.
Teixeira también destacó que la despenalización estableció que “quien, para consumo propio, adquiera, almacene, transporte o traiga consigo hasta 40 gramos de Cannabis Sativa o tenga seis plantas femeninas, se presumirá como usuario hasta que el Congreso Nacional legisle sobre la materia”.