La medida tiene un efecto que permite, de forma inmediata, que el mercado de aceites y otras fórmulas orales con CBD siga operando mientras se discute el caso. El tribunal advirtió que la ejecución inmediata podía causar perjuicios económicos y laborales difíciles de reparar y pidió un examen más profundo, también a la luz del derecho europeo.
El decreto, publicado en la Gazzetta Ufficiale, ordenó insertar en la Sección B de la tabla de medicamentos del DPR 309/1990 las “composiciones para administración oral de cannabidiol obtenido de extractos de cannabis”. Con el argumento del principio de precaución, el cambio empujaba estos productos al circuito de farmacia y receta, estrechando el canal minorista del CBD no intoxicante.
El litigio, sin embargo, se inscribe en una disputa más amplia sobre el cáñamo. Las asociaciones denuncian que se autoriza el cultivo de variedades certificadas, pero se intenta reducir los usos de la planta a fibra y semilla, dejando en zona gris flores, hojas y derivados. En 2025, el “decreto sicurezza” añadió un artículo 18 para prohibir la cadena de inflorescencias; ese punto hoy se discute ante la Corte Constitucional tras una cuestión planteada en Brindisi.
El telón de fondo es europeo. En el caso Kanavape (C‑663/18), el Tribunal de Justicia de la UE sostuvo en 2020 que un Estado miembro no puede prohibir el CBD legalmente producido en otro país de la Unión si la restricción no supera un test de proporcionalidad para proteger la salud pública. La OMS también ha señalado que el CBD puro no es psicoactivo y no muestra potencial de abuso, por lo que no debería someterse a control internacional. La cautelar no resuelve el fondo, pero obliga a Italia a justificar con mayor rigor por qué un compuesto no intoxicante merece trato de sustancia controlada hasta mayo de 2026.