El caso de este mes pone de manifiesto la terrible peligrosidad de la marihuana para la salud de las personas y para la pacífica y armoniosa convivencia entre los seres humanos. Bueno, concretemos, no la marihuana en sí, sino más bien su tráfico ilegal, su comercio al margen de la legalidad. La historia que os explicamos acabó muy mal, con una condena de quince años para el principal acusado, de dos años para su hijo y también acusado, y la absolución para la esposa y madre de los condenados.
Juan y Pedro, así les llamaremos, se dedicaban al cultivo y venta de marihuana directamente desde su casa, en la que vivían junto a su esposa y madre, respectivamente, que se llamará Engracia, por la suerte que tuvo al ser absuelta, seguramente favorecida por el sesgo de género. Un buen día, Juan, el padre, quedó por teléfono con dos compradores en un lugar cerca de su casa, y una vez constató que realmente querían comprar y que parecían de fiar, se fueron juntos para casa.
Cuando llegaron, Juan les hizo pasar al salón, donde estaban Pedro y Engracia. Cuando Juan le hizo un gesto, Pedro se fue a una habitación contigua y trajo dos bolsas con marihuana de distinta calidad y precio. Empezaron a negociar con buenas palabras, pero pronto a Juan se le empezaron a hinchar las narices: los compradores insistían en que el precio era elevado, que no era una marihuana de calidad, y lo hacían con formas poco respetuosas.
También quisieron probarla, a lo que accedieron Juan y Pedro, pero se regodeaban en todo el proceso, liando lentamente, dándoselas de expertos en el olor, la textura y el grado de humedad, con lo que Juan se fue calentando más y más, hasta que la empezaron a fumar en plan vacilón, haciendo comentarios de cata de un modo sobrado y muy poco respetuoso con el cultivador y comerciante, hasta tal punto que el padre, Juan, y luego también Pedro, perdió por completo los estribos, se fue a su habitación, abrió el cajón de la mesita de noche y volvió con un arma de fuego, una pistola marca Star, modelo BKM, de 9 mm de calibre, Parabellum, es decir, un arma en toda regla. Y no solo les amenazó, sino que les empezó a disparar, alcanzando a los dos, aunque sin matarlos, de puro milagro.
Los heridos, que huyeron despavoridos, fueron a un hospital cercano, y en pocos minutos se presentó en el lugar la Guardia Civil, que registraron la casa de arriba abajo; encontraron la pistola, ciento noventa y cuatro plantas de marihuana y varias bosas con maría seca y preparada para la venta, dando un peso bruto en total de 15.318 g. A Pedro, a Juan y a Engracia no les dio tiempo de esconder ni tirar nada por un motivo sencillo: en realidad, la Guardia Civil estaba haciendo seguimiento de los dos compradores, en el marco de una operación para investigar y detener a los autores de varios robos a cultivadores, lo que se llama “vuelco”. Es por ello que la Policía intervino tan rápido.
Juan y Pedro supieron después que en realidad los compradores, probablemente, eran atracadores de cultivadores, y que todo el rato les habían estado observando para calibrar el modo y el mejor momento para darles el palo. Pero el haber sido casi víctimas de un robo con violencia e intimidación no les impidió ser procesados. A los tres habitantes de la casa les imputaron un delito contra la salud pública en cantidad de notoria importancia, y a Juan, el padre, dos delitos de homicidio en grado de tentativa.
La Audiencia Provincial, en la primera de las tres sentencias del caso, condenó a seis años y seis meses por cada delito de tentativa de homicidio, y por un delito contra la salud pública a la pena de tres años y ciento treinta mil euros de multa; a su hijo, Pedro, a la misma pena por el delito contra la salud pública, mientras que Engracia fue absuelta, al declarar los tres acusados que no participaba en el cultivo y venta de marihuana. La sentencia fue recurrida al Tribunal Superior de Justicia, donde se estimó parcialmente el recurso y se consiguió quitar la agravante de notoria importancia.
En la sentencia, el tribunal hace un interesante análisis del modo en que debe realizarse la toma de muestras para poder hacer adecuadamente la extrapolación sobre el total de la sustancia intervenida, y sostiene que en aquel caso no se hizo de forma correcta, ya que no se llevó a cabo una adecuada y pormenorizada descripción de las plantas, que permitiera entonces extrapolar el resultado de una sola muestra sobre el total de las ciento noventa y cuatro plantas. En virtud de ello, se redujo la pena a dos años y la multa a cuarenta mil euros. Los condenados recurrieron al Tribunal Supremo, pero este confirmó la sentencia anterior.
Como comentario final, queremos subrayar el hecho de que nuevamente se constata que si la marihuana es peligrosa es solo porque su comercio es ilegal, lo que da lugar a la existencia de mafias, grupos organizados y pandillas cuyo modo de actuar y resolver disputas es en muchos casos la violencia. Y es previamente esa violencia derivada de la ilegalidad la que alimenta la alarma contra la planta.