El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA) de Chile ha emitido una circular para que se deje de sancionar penalmente a los usuarios medicinales de cannabis que son sometidos a los controles de estupefacientes en las carreteras por parte de las fuerzas de seguridad del país. Los pacientes deberán presentar su receta médica para que la policía no los acuse de estar conduciendo bajo los efectos de estupefacientes.
“Los controles no incluirán a las personas amparadas bajo la Ley 20.000 en su artículo 8°”, dice la circular del SENDA que se refiere a la ley de drogas del país y que fue modificada el año pasado, por lo que en el inciso mencionado permite el autocultivo y tenencia de cannabis para fines terapéuticos con el único requisito de contar con una indicación médica. “Esto es súper positivo porque hasta el momento si una persona iba conduciendo y el narcotest arroja un resultado positivo de cannabis, lo iban a procesar por manejar bajo el estado de psicotrópicos”, dice Hernán Bocaz, abogado chileno y especialista en derecho cannábico, sobre la diferenciación que deberán realizar las fuerzas de seguridad entre los pacientes medicinales que ingirieron bajas dosis de cannabinoides en aceites y aquellos que conducen bajo los efectos de los derivados de la planta.
En diálogo con Cáñamo, Bocaz cuenta que “es una indicación que figura en la ley de proyecto de presupuesto de la nación y que va a regir a partir del próximo año”. De todos modos, el abogado dice que “con la indicación de esta política pública del SENDA se tiene que tener en cuenta la posibilidad de que las personas controladas sean usuarias de cannabis medicinal, independientemente que empiece en 2025. Si una persona es sometida a un narcotest y después es procesada por manejar bajo el estado de cannabis siendo usuaria medicinal y teniendo receta, podría presentar este documento para dar a entender que está protegida por la ley”, cierra Bocaz.