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Galicia limita el símbolo de la hoja de cannabis en tiendas y las multas pueden superar los 600 mil euros

La Ley 6/2025 de Galicia, impulsada por la Xunta y publicada el 7 de enero de 2026 en el Diario Oficial de Galicia, pone límites a la presencia visible de la hoja de cannabis en tiendas y fija un régimen sancionador que, en su tramo máximo, alcanza los 601.012,11 euros. La norma entrará en vigor el 7 de marzo de 2026, dos meses después de su publicación.

El texto se presenta como una ley de protección de la salud de las personas menores y de prevención de conductas adictivas. En su alcance incluye alcohol, tabaco, dispositivos de nicotina, bebidas energéticas y cannabis. Dentro de ese marco, regula de forma específica la planta Cannabis sativa y también productos, componentes o derivados, incluido el cannabidiol (CBD), con impacto directo en grow shops, tiendas de semillas y comercios especializados.

En el capítulo dedicado al cannabis, la ley prohíbe el patrocinio y la publicidad en soportes accesibles para menores, así como asociar el consumo a beneficios para la salud o mejoras de rendimiento. También incorpora una regla de “escaparate” donde las tiendas con productos relacionados con el cannabis no podrán orientar hacia el exterior imágenes de la planta ni de sus derivados. A esto se suma el artículo 33, que impide “regalar o vender” merchandising con la imagen identificativa del cannabis a población menor de edad.

La propia ley tipifica como infracción grave “regalar o vender” merchandising con esa imagen “a la población, independientemente de cuál sea su edad”. En la práctica, la redacción desplaza el foco desde la protección de menores hacia el comercio entre adultos y abre un terreno de incertidumbre para un sector donde la hoja es un símbolo cultural y comercial extendido.

Las sanciones se gradúan por tramos leves, de 200 a 3.005,06 euros; graves, de 3.005,07 a 15.025,30 euros; y muy graves, de 15.025,31 a 601.012,11 euros. La ley prevé, además, que en ciertos supuestos se supere el límite hasta el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción. El reparto de competencias sitúa las leves en los ayuntamientos y las graves y muy graves en la Administración autonómica.

El debate ya se instaló en el plano público y desde los medios de prensa tradicionales se ha presentado la decisión de la Xunta con un enfoque especialmente punitivo. Por su parte  y desde las organizaciones del sector, como AECANI, advierten sobre las interpretaciones restrictivas y los posibles litigios que pueden dar origen producto de esta nueva ley prevista para hacerse efectiva los primeros días de marzo. 

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