Después de más de un año de práctica inactividad de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME) de Argentina, en octubre pasado su interventor, Ignacio Ferrari, realizó la primera resolución del organismo donde se establecieron los tipos de licencia y los requisitos para solicitarlas. Hasta el momento tan solo se entregan permisos relacionados a la industria del cáñamo. Ahora, la última novedad es que el ente ha creado el Reglamento de Procedimiento Sancionador en el que se especifican los mecanismos de penas y multas en caso de incumplimientos de la normativa.
En el último día del año pasado, la resolución 2/2024 de la ARICCAME estableció el procedimiento para resolver las infracciones en el marco del desarrollo de la industria del cannabis medicinal y el cáñamo. Entre sus disposiciones más importantes, el organismo resolvió que las sanciones serán solamente administrativas. Esto incluye multas económicas, suspensiones en los permisos productivos y, solo en aquellos casos graves, se podrán revocar las licencias. El incumplimiento de las obligaciones de los propietarios de licencias, como el pago de impuestos o la presentación de informes, pueden dar lugar a sanciones.
Otro asunto importante es que este procedimiento de sanciones solo impondrá penas administrativas a aquellos que cometan infracciones a la ley 27.669. Es decir, la que permite la industria del cáñamo y el cannabis medicinal. Pero esto no quiere decir que si una persona, sea física o jurídica, desarrolla un emprendimiento absolutamente clandestino tendría un castigo administrativo. En ese caso la Justicia podrá interpretar la situación como un delito por la vigente ley de drogas, en la que se prohíben todos los derivados de la planta, y puede implicar hasta quince años de prisión.