El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de dictar una sentencia en la que reconoce que el tratamiento de cannabis medicinal de una persona residente en un país de la UE es razón suficiente para negar su extradición a un país extranjero, en caso de que en el país de destino no pueda acceder a dicho tratamiento.
La sentencia ha sido dictada para el caso de un ciudadano de origen ruso residente en Países Bajos que no tenía permiso de residencia y que las autoridades holandesas estaban intentando extraditar a Rusia. El hombre padece una forma rara de leucemia y recibe atención médica en Países Bajos con un tratamiento que incluye, entre otras cosas, la administración de cannabis medicinal con fin analgésico.
Como pesaba sobre él una orden de expulsión, pero en Rusia no está autorizado el uso de cannabis medicinal, el hombre presentó varias solicitudes de asilo en Países Bajos, la última de las cuales fue desestimada en 2020. Entonces recurrió ante el Tribunal de Primera Instancia de La Haya, y este tribunal acordó dirigirse al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para dilucidar si en su caso el Derecho de la Unión se opone a que se dicte una decisión de expulsión.
En su sentencia, el Tribunal de Justicia ha declarado que “el Derecho de la Unión sí se opone a que los Estados miembros dicten decisiones de retorno o procedan a la expulsión de nacionales de países terceros que se encuentran en situación irregular y están aquejados de alguna enfermedad grave cuando existan razones serias y fundadas para creer que el retorno de dichos nacionales los expondría, por no estar disponible la atención adecuada en el país de destino, al peligro real de un aumento rápido, considerable e irreparable del dolor que les provoca la enfermedad”.