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El laberinto del cannabis no psicoactivo. Editorial #274

El mundo que rodea a la planta cannabis sativa está lleno de incoherencias.

Cada vez más abogados se encuentran en la tesitura de asesorar proyectos de cannabis industrial y ver la cara de enfado de sus clientes cuando les cuentan que producir flores de cáñamo no psicoactivo en España está prohibido, si no se tiene un permiso expreso de la Agencia Española de Medicamentos (AEMPS). A pesar de que “solo deberá considerarse droga tóxica o estupefaciente aquella sustancia que sea apta para producir los efectos que le son propios”, en palabras del Tribunal Supremo, la AEMPS hace oídos sordos y sigue fiel a la interpretación oficial de la Convención Única de 1961.

La variabilidad y contenido de los diferentes cannabinoides hace difícil el control e implica estar siempre pendientes de la analítica, de ahí que, para evitar problemas, las flores de cannabis estén siempre fiscalizadas, sean de cáñamo industrial o de marihuana. Y eso que criar una “cepa de la planta de cannabis libre o pobre en drogas para el cultivo” ya surgió como idea de la misma Comisión de la ONU en los cincuenta del pasado siglo, cuando se consideró la posibilidad de resolver así el problema del uso indebido de plantas de cannabis psicoactivo.

Hasta hace unos años el llamado cáñamo industrial que se plantaba para obtener semillas y fibra era infumable. Ahora, habiéndose disparado la demanda de estas flores y con los cruces llevados a cabo por los amantes de la planta, se han conseguido cepas sin THC con altos contenidos en CBD o CBG (cannabinoides que no están prohibidos por la ONU) y muy ricas en terpenos. Seguro que las tabacaleras están temblando.

En algunos estados de la UE, Italia y Austria fundamentalmente, las flores de cáñamo no psicoactivo ya se consideran “productos a base de hierbas para fumar”. Ese cáñamo se podría también comercializar en España como producto para fumar, pero solo en virtud del principio de reconocimiento mutuo. En teoría lo que se comercializa en España son flores importadas de cultivos legales en uno de estos países. Unas flores producidas y comercializadas legalmente en Italia, Austria o Suiza y que, previa comunicación a la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN), pueden venderse en España.

Algunos agricultores emprendedores se asesoran y ven frenadas sus aspiraciones en España por falta de permisos, mientras en internet ven cómo el número de hectáreas de invernaderos dedicadas al cáñamo no psicoactivo está creciendo. La recomendación de la OMS de no fiscalizar estos cannabinoides no psicoactivos ha envalentonado a otros agricultores a plantar estas variedades de cannabis sativa y vender las flores a través de Amazon para comodidad del consumidor, al que le llega el producto a casa y evita el peligroso mercado negro.

Para mayor enredo, al lío burocrático y a la inseguridad jurídica hay que añadirle el ingrediente represivo, con intervenciones por parte de la policía en establecimientos que ofrecen en sus aparadores flores de cáñamo o en cultivos para confiscar estas flores “sin papeles”.

Este contenido se publicó originalmente en la Revista Cáñamo #274

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