La DEA quiere fiscalizar el DOI y el DOC
Una frase con muchas siglas, ¿verdad? Vamos a desgranarla. ¿Qué es la DEA? La DEA es la Drug Enforcement Administration, y es la parte del Departamento de Justicia de Estados Unidos dedicada, esencialmente, a luchar en la famosa guerra contra las drogas. Tienen la capacidad de fiscalizar sustancias y convertirlas en ilícitas. ¿Qué quiere decir fiscalizar? En resumen, es poner una sustancia química en una lista. Ilegalizarla, vamos.
Existen muchas listas, tanto a nivel nacional como internacional, en las que una miríada de sustancias psicoactivas está incluida. Dentro de estas listas suele haber varias clasificaciones en función de los riesgos percibidos sobre las diversas sustancias, así como su uso terapéutico. En el caso de Estados Unidos, se sigue la Ley de Sustancias Controladas, que fue promulgada por la administración de Nixon a principios de la década de los años setenta. Según esta ley, existen cinco clasificaciones, siendo la primera la más estricta (Schedule I en inglés). En esta se incluyen sustancias que tienen un alto potencial de abuso y ningún uso terapéutico aceptado. Por definición, ninguna molécula que pueda usarse como fármaco puede ir en esta clasificación, aunque, sorprendentemente, hay excepciones. En caso de que una sustancia tenga un alto potencial de abuso pero presente uso médico, irá en la segunda clasificación (Schedule II); es el caso de la anfetamina, la morfina y el pentobarbital. Y de la tercera clasificación para abajo, el potencial de abuso percibido va disminuyendo.
Os preguntaréis qué hay en la primera clasificación. Pues de todo: opioides, cannabinoides, psicodélicos, depresores… Están mezcladas en el mismo grupo moléculas tan diversas como la heroína, la psilocibina, la MDMA y la metacualona. Y también alguna planta, como el cannabis y el peyote. Poseer, producir o distribuir estas sustancias sin licencia es un crimen federal (sí, eso incluye la posesión para consumo propio, sea la cantidad que sea). Y obtener una licencia para poder investigar estas sustancias es draconiano. Imaginaos todo el papeleo que han tenido que hacer desde lugares como la Universidad John Hopkins, donde se ha investigado mucho el potencial terapéutico de la psilocibina, para poder administrar este compuesto a personas.
¿Y qué son el DOC y el DOI?
El DOC y el DOI son anfetaminas psicodélicas, y forman parte de la familia de los DOx. Sus nombres científicos son 2,5-dimetoxi-4-cloroanfetamina y 2,5-dimetoxi-4-yodoanfetamina, respectivamente. Podemos ver sus estructuras en la figura 1.
Se diferencian de otros psicodélicos en que tardan mucho tiempo en hacer efecto, tienen un fuerte componente estimulante y sus efectos duran mucho. ¿Cuánto es mucho? Entre doce y veinticuatro horas. Además, son lo suficientemente potentes como para poder ser administradas en forma de secantes, como la LSD. Pero, a diferencia de la LSD, son sustancias peligrosas en sobredosis, ya que pueden llegar a causar la muerte.
Debido a su elevada potencia, encontramos secantes de, en teoría, LSD que en realidad contienen algún compuesto de la familia de los DOx. Esto es peligroso, y es la razón por la cual siempre hay que analizar una sustancia antes de consumirla. A modo de ejemplo, veremos lo que sucedió en 1967. Se distribuyeron pastillas en San Francisco con el nombre STP, que contenían 20 mg de DOM, una dosis cinco veces la recomendada. Para más inri, debido a que esta sustancia puede tardar varias horas en hacer efecto, hubo personas que consumieron más de una pastilla. Os podéis imaginar lo mal que lo pasarían luego en un viaje que se alargó durante un día y con una carga física importante.
Otros DOx, como el DOC o el DOB, presentan más peligro en sobredosis, y se han llevado, por desgracia, alguna vida. Pero esto no es del todo culpa de la sustancia o de la persona consumidora, obviamente. En muchos de estos casos la persona en cuestión pensaba que estaba consumiendo otra sustancia, por falta de acceso a un servicio de análisis, y acabó consumiendo una sobredosis de un DOx. Lo cierto es que pocas personas buscan estas sustancias, debido a su larga duración y su componente físico, considerado desagradable por muchos consumidores. En el caso del DOI, no hay muertes asociadas, y su consumo y producción son ínfimos.
Un poquito de historia de los DOx
El DOM fue la primera molécula descubierta de la familia de los DOx. La sintetizó Alexander “Sasha” Shulgin en 1963 cuando investigaba la relación estructura-actividad de la mescalina, el componente activo del peyote y el cactus de San Pedro. Tenemos que recordar que Shulgin probaba los compuestos que preparaba. Pero no era un insensato. Comenzaba con dosis extremadamente bajas y, paulatinamente, iba incrementando la dosis hasta llegar a una dosis efectiva o hasta que se encontraba efectos adversos que indicaban toxicidad. En estos casos, paraba la experimentación.
Lo primero que hizo Shulgin fue añadir un grupo metilo (CH3) en la posición alfa de la mescalina (la posición más cercana al nitrógeno, simbolizado con la N). Esto dio lugar a la 3,4,5-trimetoxianfetamina (abreviado como TMA). Vio que la potencia se doblaba, y se preguntó qué pasaría si alteraba la disposición de los grupos metoxilo en el anillo aromático. Me disculpo por toda la química que está apareciendo. Podéis seguir esto con la figura 2. No pasa nada si os perdéis un poco. El anillo aromático es el hexágono que hay a la izquierda de las moléculas. Los grupos metoxilo son los “churritos” que cuelgan del hexágono: tienen un átomo de oxígeno (indicado con el símbolo O), seguido de un carbono con tres hidrógenos (indicado como CH3). Considerando la posición uno en el anillo aromático como la que tiene la cadena principal (donde hemos puesto el metilo), y contando en sentido contrario a las agujas del reloj, la TMA tiene grupos metoxilo en las posiciones tres, cuatro y cinco. Estos tres grupos se pueden disponer de seis maneras diferentes: 3, 4, 5; 2, 4, 5; 2, 3, 4; 2, 3, 5; 2, 4, 6. Shulgin observó que la disposición que presentaba la mayor potencia y era la más fácil de sintetizar era la 2, 4, 5. Así nació la TMA-2 (2,4,5-trimetoxianfetamina).
La siguiente duda era cuál de estos tres grupos metoxilo era el más interesante para ser sustituido. Alargó las cadenas de metoxilo a etoxilo (esencialmente, puso un carbono más), y vio que la posición cuatro era la única que mantenía la potencia. Nombró a este compuesto MEM, ya que en la posición dos tenía un metilo, en la cuatro un etilo y en la cinco un metilo. Su última pregunta fue saber qué pasaría si en vez de poner un metoxilo ponía un metilo, vamos, quitar el oxígeno de en medio. Había dos hipótesis: o el compuesto perdía potencia o sería mucho más potente. Así nació el DOM (de desoximetilo), que resultó ser aún más potente que la TMA-2. Si la TMA-2 era activa en un rango de 20 a 40 mg, el DOM era activo en el rango de 3 a 10 mg. Viendo esto, Shulgin comenzó a sustituir el grupo metilo por cloro, bromo, yodo, etilo… Así nacieron los DOx. De estos, más tarde, nacerían los 2C-x, siendo el más famoso el 2C-B.
¿Y cuál es la relevancia de que el DOC y el DOI sean ilegalizados?
Otra buena pregunta. La DEA mete sustancias en la lista uno cada año. Muchas de ellas, muy raras, que consumen cuatro gatos, y que no tienen relevancia alguna. Pero el DOC y, sobre todo, el DOI, sí que la tienen. Para que un psicodélico sea, bueno, psicodélico, tiene que activar un tipo muy específico de receptor de serotonina, el 2A. Existen siete tipos de receptores de serotonina, y muchos de ellos tienen subtipos. En el caso del tipo 2, hay subtipos A, B y C. Si bien existen muchas sustancias con propiedades psicodélicas, la mayoría no son muy selectivas. Eso quiere decir que interactúan con otros receptores. La LSD, por ejemplo, se considera muy promiscua con respecto a su actividad farmacológica. El DOI, en cambio, es muy selectivo: solo actúa sobre los receptores de serotonina 2A, 2B y 2C, y, sobre todo, sobre el primero. Por esta razón, y ya que no se encuentra fiscalizado, su uso en el ámbito científico está muy extendido. De hecho, es considerado como uno de los materiales de referencia por excelencia, y muchas veces se compara la actividad de nuevas sustancias psicodélicas con respecto al DOI cuando se están investigando las propiedades de nuevas moléculas. Este procedimiento se ha empleado en miles de publicaciones científicas, y la prohibición del DOI supondría un gran impedimento en este tipo de investigación.
Otro aspecto positivo del DOI es que tiene un átomo de yodo. ¿Habéis oído hablar alguna vez del yodo radioactivo? En tragedias como las de Fukushima, por desgracia, se liberaron elementos radioactivos al medio ambiente, entre ellos el yodo. Están ahí un tiempo y, al ser radioactivos, van descomponiéndose, liberando energía y muchas partículas. Si ingerimos estos elementos radioactivos podemos desarrollar graves problemas de salud. No todo el yodo es radioactivo. El yodo natural no lo es, y es el que es necesario para la tiroides. Pero hay otras formas de yodo que sí que son radioactivas. Y esto es muy útil. ¿Pero no estábamos diciendo que es muy peligroso? Sí, pero en el laboratorio es muy útil. Como comentaba, los elementos radioactivos liberan energía y partículas. Esto se puede aprovechar para saber dónde va. Entonces, si en el DOI metemos un átomo de yodo radioactivo en vez de uno normal, podremos saber qué está haciendo en todo momento. Esto es superútil para detectar y monitorizar receptores de serotonina 2A, tanto en células en el laboratorio como en personas (usando cantidades muy, muy pequeñas, claro). Esta es la base de la tomografía por emisión de positrones (PET), por cierto, técnica que se usa normalmente en oncología para observar tumores. Si bien se utilizan otros compuestos con átomos radioactivos, el DOI con yodo radioactivo podría ser extremadamente útil para ver la distribución de receptores de serotonina 2A.
Finalmente, cabe destacar que el DOI tiene propiedades antiinflamatorias importantes, que podrían ser muy útiles para desarrollar nuevos tratamientos para la artritis reumatoide o la enfermedad de Alzheimer. Estas patologías están marcadas por inflamación crónica. Asimismo, el DOI es capaz de inducir neuroplasticidad, pues puede hacer que las neuronas se reorganicen. Y a todo esto hay que añadir el marcado potencial terapéutico de las sustancias psicodélicas para tratar diversos trastornos psiquiátricos. Vamos, que meterlo en una lista donde hay sustancias “sin uso terapéutico” sería una falacia. Y, como todo psicodélico, el potencial de abuso es nulo.
¿Qué podemos sacar de todo esto?
La prohibición no funciona. Esta es una conclusión a la que es fácil llegar viendo el panorama actual con las drogas. Prohibir una sustancia no elimina su consumo, solo lo hace más peligroso, pues se deja su producción y distribución en manos de criminales. Esto da lugar a asociaciones criminales muy peligrosas, sustancias impuras y adulteradas, mucho estigma…
Pero hay unas víctimas en todo esto en las que raramente pensamos. Y esas víctimas son los científicos. La prohibición afecta duramente a la investigación de las sustancias prohibidas. En Estados Unidos, para poder trabajar con una sustancia fiscalizada en la Schedule I es necesario obtener un permiso de la DEA. Una vez se ha obtenido la licencia, hace falta guardar la sustancia en cuestión bajo tres candados (el del edifico, el de la sala y el de una caja fuerte, por ejemplo). Y claramente habrá mucha supervisión para que la poquísima sustancia que poseen los investigadores esté siendo utilizada para fines legítimos. No vaya a ser que se coloquen con la ínfima cantidad que tienen de una droga, y cuyo permiso para manipularla legalmente les ha costado un infierno. Tengamos en cuenta que todo esto es solamente para poder poseer la sustancia. Luego, si queremos administrarla a humanos, habrá que pasar por la FDA. Después de saber todo esto, no os sorprenderá que hace décadas que no se administre LSD a humanos en Estados Unidos.
Pero bueno, Estados Unidos no es el ombligo del mundo, diréis. Cierto, pero es quien lleva la voz cantante en lo que respecta a la guerra contra las drogas. Si el DOI fuera fiscalizado en Estados Unidos (e igual ya lo ha sido cuando este artículo se publique), igual la ONU decide seguirlo. Y entonces el DOI quedaría prohibido a nivel internacional. No quedan muchos DOx legales a nivel internacional. Están fiscalizados los siguientes: DOET, DOB, DOC y DOM (en enero del 2024). Sí, la ONU ya ilegalizó el DOC. Por suerte, se puede luchar contra estos procesos. Hace unos años la DEA intentó fiscalizar el kratom, y el movimiento civil fue tan masivo que tuvieron que echarse atrás. También, en el 2021, la DEA ya intentó fiscalizar el DOC y el DOI, junto con cinco triptaminas psicodélicas. Los científicos alzaron la voz y lo pararon. Pero la DEA ha vuelto a la carga. Esperemos que esta vez se pueda parar, una vez más, esta guerra contra la investigación.