Un tribunal de lo Penal de Viña del Mar (Valparaíso, Chile) ha absuelto a dos pacientes usuarios de cannabis medicinal que fueron procesados por el cultivo de plantas en su domicilio hace dos años. El fallo unánime del tribunal reconoce que Paola Ampuero y Rodrigo Rodríguez cultivaban el cannabis de forma lícita y de acuerdo a la ley para tratar sus dolencias.
La legislación chilena permite el cultivo de cannabis y de otras plantas productoras de sustancias psicoactivas siempre que “se justifique que están destinadas a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo”. No obstante, las personas que cultivan la planta (para fines medicinales o recreativos) siguen sufriendo la persecución policial y los procesos judiciales.
“En realidad estos procesos nunca debieron haberse iniciado, no comprendemos la insistencia de Fiscalía en formalizar por cultivo personal, cuando sus máximos exponentes han señalado pública y reiteradamente adherir a la mirada de la Corte Suprema, en el sentido que no basta la mera tenencia de plantas para suponer la comisión de un delito, sino que debe concurrir alguna afectación al bien jurídico protegido, la Salud Pública. es decir, difusión descontrolada al resto de la población. Esto no ocurre en el caso del cultivo para uso personal”, dijo la diputada y fundadora de Daya, Ana María Gazmuri a El Diario de Santiago.