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El cannabis “viola el espíritu del deporte” dice la Agencia Mundial Antidopaje

La agencia internacional confirma su decisión de mantener la prohibición del cannabis entre los deportistas internacionales.

Ya había sido adelantado por algunos diarios, pero ahora es oficial: la Agencia Mundial Antidopaje (AMA por sus siglas en inglés) ha decidido mantener al cannabis dentro de las listas de sustancias prohibidas para las competiciones profesionales que se acogen a su código. El año pasado, la AMA dijo que realizaría un examen de la literatura científica actual sobre la marihuana para revisar su postura después de recibir varias solicitudes al respecto, y afirmó que la revisión podría desembocar en un cambio de política.

Los criterios de la AMA para prohibir una sustancia son tres: que tenga “el potencial de mejorar el rendimiento deportivo”, que “represente un riesgo para la salud del atleta” o que “viole el espíritu del deporte”. Una sustancia debe cumplir al menos dos de estos tres para estar prohibida. Según la AMA, el uso de cannabis viola el espíritu del deporte y también podría mejorar el rendimiento deportivo.

“La cuestión de cómo se debe tratar el THC en un contexto deportivo no es sencilla”, dijo el director general de la AMA, Olivier Niggli, quien comunicó que la agencia “planea continuar la investigación en esta área en relación con los posibles efectos de mejora del rendimiento del THC, su impacto en la salud de los atletas y también en relación con las percepciones del cannabis por parte de atletas, expertos y otras personas en todo el mundo”.

Según ha publicado Marijuana Moment, la agencia especificó que el cannabis está en la lista de sustancias prohibidas únicamente “en competición”, lo que quiere decir que el consumo fuera de la época de competiciones no está vetado. También recordó que las sanciones se aplican cuando los metabolitos de THC en el organismo superan los 150 nanogramos por cada mililitro de orina, lo que según la agencia solo sirve para sancionar a los consumidores frecuentes o a los que hayan consumido poco antes de la prueba.

Esta política se aplica desde enero del 2021, momento en el que entró en vigor un cambio en la normativa de la agencia antidopaje, por el cual se sacó al cannabis, la cocaína, la MDMA y la heroína de la lista de sustancias dopantes. A partir de ese momento, esas sustancias pasaron a ser consideradas como sustancias de abuso, y se redujeron significativamente las sanciones por un positivo siempre que el atleta demuestre que su uso fue fuera de competición y que no estuvo relacionado con el rendimiento deportivo.

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