Pasar al contenido principal

El gobierno de Javier Milei podría apelar los fallos judiciales que le exigen aprobar los registros pendientes de usuarios medicinales

La Justicia había aceptado la apelación de una joven que llevaba más de once meses esperando la aprobación de su inscripción en el Registro del Programa de Cannabis.

Hace semanas, la Justicia argentina le ordenó al Ministerio de Salud que entregara el permiso del Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN) a una usuaria medicinal de 22 años que había presentado un recurso de amparo ante diez meses de demora en la resolución de su solicitud. Si bien el fallo había determinado un plazo máximo de veinte días para que la cartera aprobara su trámite, el tiempo ha pasado y aún no se ha efectivizado. El abogado de la paciente, Juan Palomino, ha asegurado que esto se debe porque el gobierno de ultraderecha de Javier Milei apelaría la decisión y continuaría demorando el derecho a esta joven que necesita de los derivados de la planta para tratar su cuadro de “nerviosismo constante”. 

“Todavía el Ministerio no le ha dado el alta porque está esperando seguramente la apelación y porque no quieren darle el alta a nadie”, dijo el abogado Juan Palomino sobre la demora en la aprobación del REPROCANN, en diálogo con el medio local THC. Según Palomino, el trámite de la joven se detuvo por la resolución ministerial que actualizaba los requisitos del programa y establecía que los médicos que recetaban cannabis debían contar con una especialización, algo que no sucede con ninguna otra sustancia en el país. Pero el fallo del Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 determinó que la cartera sanitaria debía entregarle el permiso porque “este requisito no puede aplicarse retroactivamente”, dijo el abogado, ya que la joven había iniciado su trámite antes de la mencionada resolución. 

El juez Enrique Alonso Regueira resolvió que la resolución ministerial posterior no puede afectar una relación jurídica preexistente. El fallo obliga al Ministerio de Salud a inscribir a la joven en un plazo de 20 días, destacando que “el requisito de la diplomatura médica es de inscripción, no de aprobación, y no puede exigirse un trámite iniciado antes de su implementación”. 

“Lo que venía haciendo el Ministerio de Salud apenas llegaba una demanda, era darle de alta al paciente, entonces, el objeto del juicio que era por la mora de la administración, quedaba abstracto: ya no había objeto de juicio”, explicó Palomino. De esta manera, las autoridades demoraban trámites hasta el límite de lo posible, evitando juicios. “Lo que pasó después es que al salir la resolución que puso el requisito del médico, el Ministerio de Salud empezó a responder que los pacientes no tenían acreditada la diplomatura de su médico: en mi opinión entiendo que es la manera que encontraron para rechazar todo”, sostuvo el abogado, quien dijo que el Estado buscará apelar la decisión de la Justicia y extender la demora de la habilitación del REPROCANN a la joven. 

Suscríbete a Cáñamo