La nueva regulación modifica las obligaciones de los procesadores autorizados por la Oklahoma Medical Marijuana Authority (OMMA) y exige que los paquetes indiquen cuántas porciones de THC contienen y qué cantidad corresponde a cada porción. En el caso de bebidas, la etiqueta también deberá identificar el número de porciones y la cantidad de THC de cada una. La medida llega mientras Oklahoma sigue ajustando el control de su amplio sistema de cannabis medicinal.
La ley también pone el foco en la apariencia de los productos y los comestibles no podrán utilizar imágenes o palabras diseñadas o susceptibles de atraer a menores de 18 años, adoptar formas humanas, animales o de dibujos animados, ni parecerse razonablemente a caramelos disponibles comercialmente. Restricciones de este tipo también han aparecido en otros mercados estadounidenses, como muestra el retiro de miles de productos de cáñamo en Florida por incumplir normas de protección infantil.
Es si, cabe señalar que OMMA aclaró que cualquier producto producido, procesado, envasado o transferido a un dispensario desde el 1 de noviembre debe ajustarse a la nueva regulación. A partir de esa fecha tampoco se pueden transferir productos que incumplan las nuevas exigencias. Los dispensarios sí pueden conservar, exhibir y vender productos que ya estuvieran en su inventario al terminar octubre y que cumplieran las reglas anteriores.
Durante la tramitación hubo disposiciones más restrictivas que finalmente quedaron fuera. La versión inicial establecía un máximo de 10 miligramos de THC por porción, 100 miligramos por paquete y 20 miligramos por bebida. Esos topes no figuran en la ley aprobada, que obliga a informar la cantidad de THC pero no establece esos máximos. Para las personas usuarias, esa información resulta especialmente relevante en productos cuyos efectos y dosificación difieren del cannabis inhalado, un aspecto desarrollado en esta guía sobre comestibles con cannabis.
OMMA había anunciado que comenzaría a fiscalizar la ley desde el pasado 1 de noviembre. Desde esa fecha, los dispensarios pueden seguir vendiendo los comestibles que ya tenían en sus estanterías, aunque sus proveedores no pueden volver a entregarles productos que incumplan las nuevas exigencias.