El caso de este mes tiene que ver con el cultivo fallido de una asociación cannábica. No lo destruyó la policía, o unos asaltantes sin escrúpulos, sino un incendio.
Javier, miembro de una asociación de apenas ochenta socios, se había ofrecido unos meses antes para cultivar marihuana en la masía donde vivía, un lugar idóneo por estar a las afueras de un reducido núcleo urbano. A los miembros de la junta directiva les pareció buena idea, ya que se les acababan las opciones de cultivo, y la idea de la compra mancomunada les decepcionaba profundamente. Así que, animados por la propuesta, fueron a la masía para valorar el lugar donde se podría cultivar, y después de sopesar pros y contras, decidieron que se podía hacer, pero siempre que el cultivo fuera de interior, para evitar el mayor riesgo de hacerlo en el exterior. También acordaron que se le daría una mínima compensación por las horas dedicadas, y que la asociación correría con todos los gastos de material. Antes de marcharse hablaron con Paula, la pareja de Javier, y esta les aseguró que estaba al corriente de todo y que ella también participaría del cultivo. Como ella no era socia, quedaron en que ella se daría de alta en la asociación, para hacer bien las cosas. A los pocos días, la asociación, mediante asamblea extraordinaria, aprobó todos los aspectos del proyecto y se decidió que un grupo de socios fuera a la masía a ayudar a Javier y a Paula a acondicionar la espaciosa habitación en la que se haría el cultivo. Así que, entre todos, la limpiaron y pintaron e hicieron la instalación eléctrica. Lo quisieron hacer todo ellos mismos, por no tener recursos para pagar a profesionales, y eso fue un error.
Al cabo de unos meses, por una sobrecarga de tensión, se produjo un incendio en el comedor que no pudieron controlar, por lo que llamaron a los bomberos, que llegaron en tiempo récord y acompañados de los Mossos d’Esquadra. Por suerte, el incendio pudo atajarse a tiempo, pero el daño al cultivo ya estaba hecho. Al inspeccionar la masía, los Mossos vieron el montaje de la plantación y, sin dudarlo un instante, iniciaron diligencias para imputarles un delito contra la salud pública.
En comisaría, asistidos de un abogado de oficio, se negaron a declarar, pero accedieron a permitir la entrada y registro de los Mossos en la masía. Tres coches patrulla se dirigieron a la masía, y una vez llegaron empezó el recuento de las plantas y de los objetos destinados al cultivo. La policía contabilizó unas doscientas cincuenta plantas, y calculó un peso bruto aproximado de 30 kg, con un valor en el mercado de casi 35.000 euros. En la habitación colgaba un cartel en el que se hacía constar que la plantación pertenecía la asociación X, y que esta se responsabilizaba del cultivo. La policía preguntó los datos de la asociación y el nombre del presidente, datos que Javier sí les dio. Al día siguiente, la policía contactó con el presidente de la asociación, que asumió el cultivo, por lo que fue citado también a declarar. Cuando los Mossos d’Esquadra cerraron el atestado lo remitieron al juzgado, que no dudó tampoco en incoar diligencias previas y citar a los cultivadores y al presidente a declarar en calidad de investigados.
La asociación se reunió en asamblea y decidió buscar un abogado para los tres imputados y preparar bien la declaración judicial. Después de este trámite, se presentó escrito solicitando el sobreseimiento y archivo de las actuaciones, en aplicación de la doctrina del consumo compartido, con cita de todas las sentencias absolutorias de las audiencias provinciales.
Sin embargo, poco tiempo después, cuando la petición de la defensa estaba pendiente de resolución, llegó la sentencia del Tribunal Supremo en el caso Ebers, por lo que la representante del Ministerio Fiscal se opuso al archivo y la juez lo denegó. Ahora hay que esperar a que la Policía Científica informe sobre la cantidad neta de la sustancia decomisada. Si está por encima de los 10 kg, será imprescindible realizar una prueba pericial por parte de la defensa para comprobar que las operaciones de pesaje se han efectuado correctamente, ello con el objetivo de evitar que en caso de condena se aplique la agravante de notoria importancia.
Este caso es un ejemplo de la insensatez de la prohibición penal: un grupo reducido de personas que primero tienen que cultivar en interior, incrementando riesgos, costes y daños al medioambiente, y que ahora encima no pueden ni cultivar ellos mismos porque la amenaza del castigo penal es ya demasiado elevada, por lo que van a tener que ir a comprarla al mercado ilícito, alimentando mafias, que gracias a los recursos de la venta de drogas ilícitas adquieren poder para cometer delitos más graves que sí afectan a la ciudadanía. ¿Tiene interés el Estado, o algunas de las personas que actúan en su nombre, en alimentar este engranaje perverso?