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Colombia ajusta exportación de derivados de cannabis medicinal hacia Brasil

El Fondo Nacional de Estupefacientes de Colombia cambió el trámite para exportar derivados de cannabis no psicoactivos destinados a pacientes en Brasil. La Circular Externa 001 de 2026, firmada en Bogotá el 20 de enero, reemplaza el certificado de exportación por un concepto de fiscalización.

La medida nace de una descoordinación regulatoria, ya que mientras Brasil permite importaciones excepcionales para personas naturales bajo la RDC 660/2022 de Anvisa, ese mecanismo no produce el “permiso de importación” que, según los convenios internacionales, suele respaldar la salida legal de sustancias fiscalizadas desde el país exportador.

El texto colombiano subraya un detalle que define el control en destino porque cuando el producto contiene THC igual o superior a 0,2% –incluidos isómeros, sales y formas ácidas–, entra en un circuito más estricto. En ese escenario, muchos envíos se orientan a pacientes o representantes legales que compran para uso propio, sin intermediación de un importador farmacéutico tradicional.

Según la circular, desde Brasil se informó que, por el volumen de autorizaciones individuales, sería inviable emitir permisos uno a uno y reportar cantidades a la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes. En otras palabras, la autorización brasileña acompaña el acceso del paciente, pero no opera como documento de importación “convencional” para el intercambio de certificados entre autoridades.

Con el nuevo esquema, desde Colombia se deberá solicitar al FNE un concepto de fiscalización y, con ese documento, tramitar el visto bueno previo al embarque. La circular ya está operando y busca evitar que el comercio terapéutico quede paralizado por requisitos que, en la práctica, Brasil no puede emitir en este modelo.

El documento se limita a los envíos de derivados no psicoactivos fiscalizados destinados a personas naturales en Brasil bajo la lógica de importación excepcional. No propone un cambio de fondo en el control colombiano, sino un ajuste donde el concepto de fiscalización pasa a ser el insumo para que el FNE evalúe y autorice cada embarque, en un escenario donde el certificado tradicional no encuentra contraparte en destino.

El ajuste es técnico, pero su efecto es político en sentido amplio ya que evidencia que el cannabis medicinal sigue circulando dentro de una lógica global pensada para estupefacientes. Por eso y cuando los procedimientos no dialogan entre sí, las consecuencias no son abstractas y terminan con demoras, incertidumbres y barreras para quienes buscan continuidad en sus tratamientos.

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