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Colombia elimina las multas por posesión de drogas

Colombia elimina las multas por posesión de drogas

“Todas las normas de penalización de la comercialización de drogas y el narcotráfico siguen vigentes”, ha recordado el presidente Gustavo Petro.

El Gobierno de Colombia ha derogado el decreto que sancionaba con multas la posesión de dosis mínimas de drogas para uso personal. La tenencia y el uso de pequeñas cantidades de drogas fue despenalizada por la Corte Constitucional en 1994, pero en 2018 el anterior gobierno de Iván Duque reinstauró las multas para estos casos mediante un decreto. Ahora el gobierno de Gustavo Petro ha derogado dicho decreto, en cumplimiento de sentencias de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado que ya había declarado institucional el decreto en el año 2019 y 2020 respectivamente.  

Las actividades de venta y tráfico de drogas siguen estando tipificadas como delitos, así como la tenencia de cantidades mayores que las destinadas al consumo propio, siempre y cuando la policía demuestre a un fiscal que estás cantidades eran destinadas a la venta. El nuevo decreto “lo único que hace es derogar una sanción de multa que había puesto el gobierno anterior para el porte de dosis personal”, ha afirmado el ministro de Justicia, Néstor Osuna. “Todas las normas de penalización de la comercialización de drogas y el narcotráfico siguen vigentes”, ha recordado el presidente Gustavo Petro en un mensaje de su red social X.

La decisión del Gobierno se enmarca en el proyecto del presidente Petro de generar un cambio de políticas de drogas “centrado en el cuidado de la vida, con énfasis en la transformación territorial y protección ambiental y salud pública, la prevención del consumo y reducción de riesgos y daños”. Según la información de InfoBae, la referencia de los límites de posesión de drogas que la policía ya no podrá multar son las establecidas en la Ley 30 de 1986.

Esta ley estipula que es “dosis para uso personal la cantidad de marihuana que no exceda de 20 gramos; de hachís la que no exceda de cinco gramos; de cocaína o cualquier sustancia a base de cocaína la que no exceda de un gramo, y de metacualona la que no exceda de dos gramos”.

Se elimina así un factor de inestabilidad social que durante los últimos años generó violencia, maltratos, extorsiones y hasta muertes en el conflicto de jóvenes consumidores, policía y comunidad debido a la implementación de un decreto que, desde antes de su promulgación, muchos expertos habían ya señalado como inconstitucional. 

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