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La Justicia de Bilbao declara inocente a una persona que fue detenida con 61 kilos de cannabis

Se trata de un caso sucedido en 2020, donde la Fiscalía pedía cuatro años de prisión por delito contra la salud pública.

La Justicia de Bilbao ha declarado inocente a una persona que enfrentaba cuatro años de prisión y una multa de 630 mil euros por posesión de cannabis. La Fiscalía local acusaba del “delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que no causan grave daño a la salud en cantidad de notoria importancia”, luego de encontrar unos 61 kilos de flores secas que habían sido importadas desde Italia. Pero el Juzgado de lo Penal 5 de Bilbao, a cargo de Arantzazu Otiñano, dictaminó que el índice de THC en la materia vegetal era insuficiente para que fuese considerado una actividad ilegal y desestimó la causa. 

El caso comenzó en el año 2020, cuando una persona fue denunciada por sus vecinos ante el fuerte olor a cannabis que desprendía de su hogar, en la localidad de Trápaga. Allí la policía realizó una intervención y se encontraron cuatro maletas con quince kilos de flores secas de cannabis en cada una. La Fiscalía pidió su procesamiento y una pena de cuatro años de prisión además del pago de una multa por 630 mil euros. 

Sin embargo, la defensa de la persona acusada alegó que el cannabis lo había importado desde Italia y que contenía bajo contenido de THC. Luego de casi cuatro años de causa judicial, la magistrada Otiñano constató con pericias científicas que la materia vegetal tenía menos del 0,2% de THC y que solo contaban con altos porcentajes de CBD. 

“El CBD no contiene un principio psicoactivo en el estado actual de los conocimientos científicos”, aseguró la jueza en el fallo que declara inocente a la persona acusada por tener 61 kilos de cannabis. Otiñano sostuvo su decisión en fallos anteriores del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. 

“No se ha practicado ninguna prueba de cargo, de ámbito científico sanitario, que permita corroborar los efectos dañinos para la salud humana que se pretenden atribuir a este tipo de sustancias”, sentenció la magistrada Otiñano en un fallo que podría marcar jurisprudencia en futuros juicios similares.

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