El Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) ha sentenciado que la hoja de marihuana no puede registrase como marca o logotipo de una tienda que usa el cannabis como símbolo.
En concreto, se trata de la marca de “Cannabis Store Ámsterdam” que usa este nombre sobre un fondo de hojas de marihuana. El TJUE prohíbe que se registre como marca en todo el territorio europeo porque es “contrario al orden público”. La ciudadana italiana que quiere abrir una tienda con ese nombre y registrarlo no va a poder.
Resulta bastante chocante que el motivo sea lo “desorden público” ya que el tribunal dice esto porque considera que se está incitando al consumo de drogas.
La intención de Conte era abrir una tienda donde se vendieran todo tipo de comestibles cannábicos: “panadería, pastelería, chocolates y postres; sales, aliños, aderezos y condimentos; hielo, helados, yogures helados y sorbetes y pasteles salados”.
La EUIPO le denegó el registro en 2017 pero ella volvió a intentar un nuevo recurso el siguiente año. Pese a los intentos de Conte por explicar que la hoja por sí misma la que produce los efectos psicoactivos y que es el THC el componente de la marihuana que sí produce estos efectos, el tribunal considera que la planta funciona por metonimia: se está nombrando el todo por una parte. Además, considera que el uso de la palabra “Amsterdam” colabora a que las personas entiendan que los productos que allí se venden tienen efectos psicoactivos.
Conte se queda sin planta en su logo. Cuidado el resto si queréis usar el cannabis y registrarlo.