La Unión Europea ha dado un nuevo paso para acotar el mercado de nuevas sustancias psicoactivas al incorporar la 2-MMC (2-metilmetcatinona), la NEP (N-etilnorpentedrona) y la 4-BMC (4-bromometcatinona) a la definición europea de “droga”. En la práctica, el movimiento obliga a los Estados miembros a armonizar su control penal y ajustar sus leyes nacionales antes del 12 de julio de 2026, con el argumento de reducir la disponibilidad y el daño asociado a estos estimulantes.
La decisión se recoge en la Directiva Delegada (UE) 2025/2062, adoptada el 14 de octubre de 2025 y publicada en el Diario Oficial el 23 de diciembre de 2025. El texto actualiza el anexo de la Decisión Marco 2004/757/JAI –la base para tipificar delitos y sanciones ligados al tráfico– y busca evitar el “efecto frontera”en donde una sustancia quede perseguida en un país, pero siga circulando con relativa facilidad en otro por diferencias normativas.
Las tres sustancias pertenecen a las catinonas sintéticas, que suelen aparecer como sustituto de drogas ya fiscalizadas. La directiva que tomó la decisión señaló que las evaluaciones de riesgo fueron elaboradas en mayo de 2025 por el comité científico de la Agencia de Drogas de la UE (EUDA). En ese marco, se describe un repunte de la presencia de 2-MMC y NEP en notificaciones recientes –con especial concentración de registros entre 2022 y 2024– y se apunta a una reaparición de 4-BMC en 2024 tras años de menor visibilidad.
El problema, sin embargo, no es solo químico ya que en el ecosistema de las nuevas sustancias psicoactivas (NPS), cuando una molécula entra en lista, el mercado suele responder con variaciones mínimas o compuestos todavía menos conocidos. Energy Control advierte que esa dinámica puede complicar la vigilancia toxicológica, el trabajo de análisis de sustancias y la circulación de información útil para reducir riesgos, justo cuando la incertidumbre –qué es, qué contiene, qué dosis– se convierte en un factor de daño.
La fiscalización europea de 2-MMC, NEP y 4-BMC vuelve a plantear la discusión sobre si el objetivo es evitar muertes y crisis, la respuesta no puede limitarse a prohibir, ya que se necesitan alertas tempranas, análisis accesibles y estrategias de prevención que acompañen a una realidad de consumo que no desaparece con un cambio en el boletín oficial.