Recordemos que hace cuatro años la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación de México (CCPRI) declaró ilícito el contenido de la Revista Cáñamo al considerarlo contrario a la moral pública y las buenas costumbres.
Bajo el argumento de que la publicación expone el uso del cannabis con fines recreativos sin manifestar las consecuencias adversas a la salud, a la integración, al desarrollo y la estabilidad social de la persona y tampoco alerta a sus lectores de que el uso del cannabis se encuentra permitido legalmente solo si se cuenta con la autorización de la Secretaría de la Salud.
Concretamente la CCPRI analizó las declaraciones que hace un entrevistado en la primera edición de la revista cuando comenta que él empezó muy joven a consumir cannabis, “pero no aconsejaría a nadie que empezara antes de los veintiuno”. La comisión consideró estas declaraciones apología del consumo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha anunciado la intención de analizar si la resolución emitida por la CCPRI constituye un acto de censura previa, al hacer depender la licitud del título de la publicación y su contenido de la moral pública y de las buenas costumbres, así como la posible restricción de la información y su difusión en la clandestinidad.
El caso Cáñamo podría abrir un precedente en el Alto Tribunal, ya que existe la posibilidad de que se aborde el tema de la libertad de expresión como un derecho fundamental. Sin duda, esta discusión en el poder judicial beneficia el derecho a la cultura y a la información de los mexicanos y, de fallar a favor de Cáñamo, será una batalla ganada para la libertad de expresión en México.