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50 agentes contra un retiro de ayahuasca: esta es la defensa del abogado

La actuación policial fue desproporcionada y debe ser anulada según la defensa, estas son las razones.

El último viernes de septiembre unos 50 agentes de la Policía Nacional irrumpieron en un encuentro privado medicinal con plantas tradicionales chamánicas celebrado en Tuilla, un pueblo asturiano de 1500 habitantes. La policía llegó a la casa en la que había unas 25 personas reunidas y, tras varias horas registrando la vivienda, se llevó a cuatro personas detenidas, entre ellas a la persona encargada de dirigir el encuentro, a quien la policía encontró en posesión de ayahuasca y yopo, y que fue la única en recibir cargos.

A pesar de la dimensión de la operación, varios expertos juristas y expertos en políticas de drogas afirman que, además de ser desproporcionada, esta no tiene cabida legal. El abogado responsable de la defensa del único acusado, D. Òscar Palet Santandreu, ha remitido a Cáñamo los argumentos en los que se basa la defensa jurídica del caso, por los que pedirá la nulidad de la entrada policial y con los que defiende que la actividad realizada en el retiro es completamente legal y en ningún caso debe ser blanco de actuaciones policiales como la ocurrida.

A continuación, reproducimos el texto íntegro del abogado por su interés en el desarrollo del caso:

Persecución policial inquisitorial a representante de pueblos indígenas y remedios ancestrales

La Ayahuasca y demás sustancias intervenidas no son ilegales en España.

El pasado día 30 de septiembre de 2022, diecinueve personas sufrieron en la localidad langreana de Tuilla, Asturias, una detención y registro arbitrario dirigido por la Unidad Central de Estupefacientes de Madrid que duró alrededor de ocho horas por un cuerpo armado de más de cincuenta policías llegados en siete furgones, pasando cuatro de los investigados dos días en el calabozo, y siendo procesados por unos hechos injustificados y que no son ilegales, como las autoridades presumen.

Se da también la grave circunstancia que la policía solicitó de forma incompleta la Orden de Entrada y Registro al Juzgado de Instrucción ya que la finca a la que accedieron tiene dos referencias catastrales y propietarios distintos, solicitándola solo para una de las referencias catastrales, pero accediendo a las dos, siendo precisamente donde no tenían permiso que es donde se encontraban los menores jugando, los dos hijos del principal investigado y el de la dueña de la casa, lo que constituye un allanamiento de morada ilegal y por sí mismo ya justifica la nulidad de actuaciones y la apertura de diligencias contra los responsables por el exceso en el ejercicio de la autoridad, con infracción del derecho a la inviolabilidad del domicilio.

Pero es que además el propio Atestado policial reconoce que la evidencia disponible respecto a las sustancias intervenidas, además de tratarse de cantidades mínimas, no son sustancias fiscalizadas, ni son perseguibles penalmente por lo que no se justifica el dispositivo. En particular, sobre la ayahuasca manifiesta en la página 65 que “La Junta Internacional de Estupefacientes (JIFE) tras ser consultada por las Autoridades Españolas en relación a la fiscalización de la “ayahuasca” concluye que no se encuentra fiscalizada a nivel internacional o nacional”. Y sobre el yopo, la página 59 de dicho Atestado expone: “Tanto la 5-MeO-DMT como la Bufotenina, son sustancias (…) que no son controladas por la Convención única de 1961 sobre Estupefacientes ni por el Convenio de Sustancias Sicotrópicas de 1971”. Esto implica que las autoridades conocían perfectamente que las supuestas sustancias ilegales no se encuentran fiscalizadas ni a nivel internacional ni en España siendo por tanto los hechos penalmente atípicos, no existiendo ni una sola condena en España en la amplia jurisprudencia sobre el uso, posesión o tráfico de las referidas sustancias, si no es a excepción de un acuerdo con fiscalía para un caso de importación de ayahuasca, como excepción que confirma la regla.

No obstante, para justificar la detención se confunde la ayahuasca con el DMT, siendo que el DMT ilegal es el sintético, y no el contenido naturalmente en muchas plantas, como, por ejemplo, en los cítricos, como demuestran estudios científicos, sin que vender o consumir naranjas o limones sea ilegal. Es importante mencionar que el cerebro humano genera DMT de manera natural y más de media docena de otras sustancias alucinógenas en tanto que estas cumplen funciones fisiológicas sin que esto suponga un ilícito que se encuentre penalizado. Además, ni siquiera se ha incautado muestra alguna del brebaje amazónico conocido como ayahuasca o Yagé y que se elabora a partir de la mezcla por decocción de dos plantas, la Banisteriopsis Caapi que no contiene DMT, y la Psychotria viridis, conocida también como Chacruna que contiene DMT de forma natural. En este sentido, en el lugar de los hechos solo se encontraron e incautaron muestras de Banisteriopsis Caapi, arbusto trepador que produce tallos leñosos y que, aunque como el brebaje también es conocido como ayahuasca, no contiene DMT. Hay que insistir en aclarar la confusión semántica: a la Banisteriopsis Caapi se la llama ayahuasca y a la mezcla ancestral a la que se le añade luego una fuente natural de DMT también se la llama ayahuasca, confundiendo la parte por el todo. Sin embargo, la Banisteriopsis Caapi no contiene DMT natural, y no contiene, de ninguna manera, algún componente sintético.

Tal y como se han pronunciado en diversas sentencias dictadas por audiencias provinciales en España, existe una gran diferencia legal entre la bebida ayahuasca y el DMT. Incluso la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios emitió diferentes cartas, previa solicitud de abogados que han defendido alguna causa relacionada con la ayahuasca en España, confirmando que, “aunque la DMT se encuentra fiscalizada de acuerdo con el Convenio de Sustancias Psicotrópicas de 1971, la ayahuasca no está sometida a control de acuerdo con la legislación española” (p.ej. AEMPS, 2013) y la Fiscalía Especial Antidroga en su informe de 23 de abril de 2018, especifica que este tipo de sustancias no se encuentran fiscalizadas como sustancias estupefacientes o psicotrópicas en las listas internacionales de la Convenciones de Naciones Unidas. Incluso en las Naciones Unidas, el órgano independiente encargado de vigilar la aplicación de los tratados sobre estupefacientes denominado la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE) ha manifestado en repetidas ocasiones, como en su Informe del año 2010 que “Ninguna planta (ni materiales vegetales) que contengan DMT se encuentra actualmente fiscalizados de acuerdo con la Convención sobre sustancias psicotrópicas de 1971. Por consiguiente, los preparados (ej. decocciones) elaborados a partir de estas plantas, incluyendo la ayahuasca, no están bajo fiscalización internacional y, por tanto, no están sujetos a ningún artículo dentro de la Convención de 1971”. La JIFE reiteró esta interpretación en su Informe anual del año 2012. Esto se aplica en España por la ratificación de los distintos Tratados de Fiscalización Internacional de Drogas. Este criterio ha sido reiterado en diversas ocasiones en España, pues desde el punto de vista de la tipicidad penal “no podemos entender que la ayahuasca esté incluida entre las sustancias psicotrópicas por el mero el hecho de que en la decocción esté presente el DMT”. En esa misma línea argumentativa se ha entendido que “dicho preparado no está sujeto a fiscalización especial en España, ni puede por ello integrar el tipo del artículo 368 del Código Penal.”1 Igualmente hay que considerar que la cantidad de DMT presente en la decocción es mínima hasta el punto que en los distintos procesos judiciales los análisis farmacológicos no son ni siquiera capaces de determinar cantidad alguna relevante de DMT, por lo que, aunque fuera sintético, lo que no es el caso, sería difícil considerarlo un ilícito penal, cuestión que los tribunales también tienen muy en cuenta a la hora de directamente archivar o absolver en las causas.

Respecto a la investigación científica con ayahuasca, ha sido altamente profusa desde los últimos 10 años, existiendo a día de hoy unos 500 artículos científicos indexados en las bases de datos de revistas internacionales de revisión por pares. La Fundación ICEERS, (International Center for Ethnobotanical Education, Research, and Service), es una de las instituciones con más publicaciones científicas relacionadas con la ayahuasca en el mundo. Desde la década de 2010 se han publicado una serie de estudios demostrando que la ayahuasca no es una droga de abuso, que facilita la cohesión social y que el uso continuado no produce daños ni psicopatológicos ni neuropsicológicos, y esto fue evidenciable utilizando técnicas sofisticadas de neuroimagen como es la resonancia magnética funcional. La Fundación ICEERS, acaba de publicar también una serie de artículos demostrando que el uso de la ayahuasca no solo no es un problema de salud pública (de acuerdo con indicadores establecidos para valorar tal fin), sino que incluso produce mejorías, como llevar un estilo de vida saludable o, el más sorprendente: permite a muchas personas dejar el consumo de psicofármacos, un auténtico problema de sobremedicación que hay en España. Otro investigador pionero, el Dr. Jordi Riba, durante las décadas de 1990 y 2000 realizó ensayos clínicos con ayahuasca en el laboratorio del Hospital de Sant Pau de Barcelona, administrando en el laboratorio ayahuasca a voluntarios y no encontrando alteraciones en las numerosas mediciones fisiológicas que se tomaron, concluyendo que la ayahuasca no supone un riesgo para la salud física.

Actualmente, se están realizando ensayos clínicos con ayahuasca para el tratamiento de la depresión mayor en Brasil. Pero la mayoría de las investigaciones con ayahuasca provienen de entornos naturales, y no del laboratorio. Los investigadores están yendo a los lugares en los que se realizan ceremonias con ayahuasca para estudiar a las personas que participan en las mismas y se están encontrando resultados que tienen que ver con la mejora del estado de los problemas relacionados con la regulación emocional, en problemas de duelo por haber perdido a seres queridos, en reducción de uso de drogas de abuso y de fármacos de prescripción, en cohesión social (algo muy importante en un mundo en el que la soledad se considera un problema de salud pública). Luego la investigación científica reciente, paradójicamente, al estar realizada principalmente en ceremonias de ayahuasca en contextos naturales, está reforzando la utilidad de dichas ceremonias y su perfecta convivencia con una perspectiva medicalizada, como es la que vendría derivada de los ensayos clínicos.

De igual manera, los compuestos químicos de la ayahuasca también se están investigando, y estudios recientes realizados en diferentes centros de investigación internacionales, incluyendo la Universidad Complutense de Madrid en 2020, están demostrando que dichos compuestos promueven el nacimiento de nuevas neuronas y otras células cerebrales, convirtiéndose así en una potencial terapia para trastornos psiquiátricos y enfermedades neurodegenerativas. El interés científico y cultural por la ayahuasca es tal, que la Fundación ICEERS ha celebrado ya tres congresos internacionales que reunieron a especialistas mundiales y líderes indígenas. Como dato significativo, el ya citado farmacólogo Jordi Riba fue reconocido por la revista estadounidense Rolling Stone como uno de los 25 científicos más influyentes del mundo para el futuro de la ciencia. De hecho, el uso y conocimientos de la ayahuasca está reconocido y especialmente protegido en diversos países como Colombia o Brasil, teniendo incluso el estatus de Patrimonio Cultural de la Nación en Perú. Además, existen a nivel internacional distintos Tratados que específicamente protegen los usos y costumbres indígenas. Una actualización de toda la investigación publicada sobre la ayahuasca puede encontrarse en este documento.

Respecto al yopo, si bien existen menos estudios disponibles que aquellos que versan sobre la ayahuasca, sus posibilidades médicas también están siendo estudiadas y valoradas por distintos equipos médicos y científicos. Sin embargo, su conocimiento viene de antiguo, siendo que desde Cristóbal Colón se describe su uso por los indios Taínos de la isla bautizada como “La Española”, (hoy Haití y República Dominicana) y Féliz Rodríguez de la Fuente le dedicó un capítulo grabado en Venezuela con la Nación Yanomamo de “El hombre y la tierra”. Otro documental del “National Geographic” explica el proceso de sanación e iniciación a chamán con el Huottuja (piaroa) José Antonio Bolivar, el Abuelo Bolivar, justamente el maestro de Axel Rudin [el detenido en el caso que nos ocupa] que le formó y autorizó expresamente a trabajar con el yopo en el año 2014. Hay que destacar que entre las sustancias incautadas se encuentra una muestra de yopo elaborado por el igualmente fallecido Abuelo Julio, maestro también de Axel Rudin y heredero directo del Abuelo Bolivar, que supone un componente sagrado de incalculable valor espiritual.

Hay que tener en cuenta que, si bien el contacto entre Occidente y las plantas rituales de América viene de antiguo, tal y como viene registrado en documentos coloniales, las prácticas ceremoniales y medicinales de los Pueblos Amerindios han sobrevivido a la persecución de la Inquisición y pasado de generación en generación entre chamanes y curanderos. Su conocimiento es un misterio para algunos sectores en la sociedad que tiende a calificarlas incorrectamente y con ligereza como narcóticos o alucinógenos, restos quizá de una mentalidad arcaica que responde a un constructo político que ha calificado lo “psicoactivo” como algo tóxico y que poco entiende de los sistemas autóctonos de salud que utilizan plantas ancestrales. Seguir defendiendo este paradigma etnocéntrico es obviar el actual paradigma científico que desde los últimos años demuestra con numerosa bibliografía del más alto nivel que en los conocimientos tradicionales sobre plantas hay esperanza y soluciones a graves problemas médicos actuales.

De hecho una de las Naciones que lograron conservar sus tradiciones, cultura y remedios son los Mamos, indígenas arhuacos de la Sierra Nevada de Santa Marta en la costa norte de Colombia y que ante las actuales circunstancias judiciales que afectan a Axel Rudin, han enviado ya también desde su Cabildo una carta y diversos vídeos de apoyo a su respetado Bunkuanu, nombre arhuaco de Axel Rudin, ya que estuvo formándose con ellos desde hace varios años, y hasta que no cumplió 1 año de formación, no le entregaron sus instrumentos, el Poporo, el Ayu, la harina y el ambira, y hasta los 14 años viviendo y compartiendo con ellos, no le permitieron vestir el resto de símbolos del hombre medicina arhuaco (mochila blanca de algodón y vestimenta). Y Bunkuanu, sueco de nacimiento, es también portavoz reconocido de esta Nación, los Arhuacos, que salió de su aislamiento para la defensa de la Naturaleza ante estos momentos de crisis climática, teniendo también importantes vínculos con los Huottuja, herederos del Abuelo Bolívar que a través de Calvino López, heredero del Abuelo Julio, también han elaborado un documento y videos de apoyo y en defensa de Axel Rudin. 

Se presume además que el acusado principal es el líder de una secta en España, cuando ni siquiera él mismo viene de forma regular a España, y, de hecho, su última visita fue hace 3 años. Tampoco tiene una estructura estable, red organizada o propiedad alguna en España, ni existe relación jerárquica o de dependencia entre los investigados, siendo que los participantes ni siquiera se conocían previamente, ni practican mayor culto que asistir a un retiro. Por lo tanto, ni existe secta ni agrupación criminal que desarticular, ni las personas procesadas han hecho nada ilegal, más allá de ejercer su derecho constitucional a la reunión pacífica y si acaso a la libertad de creencias y consciencia. Además, entre los asistentes había un médico y una enfermera y una de las actualmente imputadas, la propietaria de la casa viene de una tradición política feminista y progresista, movimientos caracterizados por su librepensamiento opuesto a estructuras sectarias.

En cuanto al dinero, de las declaraciones se deriva que no hubo traslación económica entre los investigados. Pero ¿se puede pretender acaso que todo el capital requisado de la supuesta agrupación criminal son 5.000 euros y algo de suelto en monedas extranjeras de Venezuela, Colombia y Suecia? Se trata del dinero que Axel Rudin, su mujer y dos hijos tienen previsto para volver a su domicilio en Venezuela, donde los menores tienen que empezar para seguir con el curso escolar. Los billetes de avión de cuatro personas tienen más o menos este precio. En cuanto a la pretendida presencia de menores en las ceremonias, el que los dos hijos de Axel Rudin acompañen a sus padres en este viaje a España al estar de vacaciones no significa que hayan tomado o suministrado ningún tipo de sustancia. De hecho, cuando la policía llegó estaban en las habitaciones de arriba de la casa familiar, edificio independiente que está a unos 10 metros del edificio donde estaba Axel Rudin reunido y para el que no tenían autorización para entrar, leyendo cuentos y jugando junto con el hijo de la propietaria y con la mujer de Axel. Siguiendo las instrucciones de la policía bajaron al salón con la dueña de la casa mientras eran vigilados. Luego, esa noche, tras llevarse a su padre detenido frente a su familia, la hija de Axel Rudin de 12 años sufrió una crisis de ansiedad, como supo reconocer el facultativo anteriormente citado, lo que fue confirmado por un psicólogo, debiendo apelarse desgraciadamente al principio sagrado de la protección de la infancia, en particular contra la violencia, según viene reconocido en el Artículo 16 de la Convención sobre los Derechos del Niño, ante un exceso en el ejercicio de la autoridad policial sin que se justifique tal desproporción y las situaciones vividas, especialmente por los menores.

Por último, pero no menos significativo, es conocer que el origen que activó todo el operativo policial fue la denuncia de un predicador evangelista que es el hermano de una participante a un retiro que hizo Axel Rudin hace tres años y medio, la última vez que vino a España. Dicha participante dejó la medicación psiquiátrica poco antes de acudir al retiro, pero al tiempo tuvo una recaída y al ocuparse de ella su hermano hizo que la medicaran, juzgando dicha persona que Axel Rudin manipulaba y controlaba mentalmente a sus participantes, y acudiendo por tanto a denunciarle como líder de una secta neochamánica en cuanto supo que volvía a España, al mecanismo que la Policía Nacional tiene habilitado desde marzo de 2022 para investigar la presencia de sectas destructivas en España. De hecho, el enfrentamiento de los evangelistas con los usos y costumbres indígenas consideradas demoníacas y carentes de sentido es de largo conocido en sus distintas misiones en la Amazonía, tal y como recoge entre otros el Boletín Antropológico de la Universidad de los Andes de Venezuela en el artículo titulado “Les évangeliques à l’assaut du monde” de Ives Lacoste (Boletín Antropológico, vol. 23, número 64, mayo-agosto, 2005, pp. 239243), existiendo zonas de la selva donde legalmente no se les permite ya entrar, si bien el Abuelo Bolivar y su extensa familia, resistieron y se negaron a cambiar su forma de ver la vida, siendo quizá por ello que han aceptado compartir sus remedios ancestrales y su casa con los "savararis"(criollos o no indígenas) ya que desde hace unos años se dieron cuenta de la necesidad del apoyo occidental para que su forma de ver la vida, sus tradiciones, cultura e idioma prevalezcan, siendo además que los Pueblos Originarios han demostrado ser auténticos custodios y defensores de la fauna, flora y la biodiversidad, y portadores de un conocimiento milenario sobre biodiversidad, plantas, animales, agua y clima, que están igualmente en la actualidad en tan grave peligro.

¿Por qué es acaso justificable condenar a alguien por creer en remedios o prácticas ancestrales que además están siendo investigadas por la ciencia por sus beneficios para la salud y que pueden ser complementarias a las medicinas convencionales? No es justificable, ni es legal, pero lo cuestionable es el uso desproporcionado de la fuerza policial y sin las debidas garantías procesales ante un caso que no se sostiene, y la violación de ciertos medios de comunicación al derecho a la presunción de inocencia de unos investigados que es fundamento del Estado de Derecho y garantía de nuestros derechos individuales, en un ataque sin cuartel a su honorabilidad, especialmente a Axel Rudin, como presunto líder de una secta, y a la dueña de la casa, cuyos detalles personales y de afiliación política han trascendido en violación del derecho a la protección de datos y a su intimidad.

El juicio contra Axel Rudin y los demás investigados es quizá por ello una oportunidad para la reafirmación de nuestras libertades, especialmente de creencia, reunión y de búsqueda de la salud, en los propios términos y autónomos del paciente o del buscador espiritual, además de respeto por las culturas y tradiciones de los Pueblos Originarios, aun sean practicadas por los “jóvenes blancos que se acercan para aprender de ellas”, tal y como se refirió a ellos en sus visiones el Jefe Sioux Lakota Tašúŋke Witkó, conocido como Crazy Horse.  

D. Òscar Palet Santandreu, colegiado nº 74554 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

¹ Sección Nº1 de la Audiencia Provincial de Málaga, Sentencia Nº 86/2021 con fecha de 10 de marzo de 2021.

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