La Suprema Corte de Justicia de México ha declarado inconstitucional la prohibición del uso y producción de cáñamo industrial (hasta el 1% de THC) para fines que no sean medicinales o científicos. La Corte ha emitido la sentencia a propósito de una empresa de cáñamo a la que la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios le denegó una autorización para producir derivados no medicinales del cáñamo.
En el fallo judicial la Corte Suprema considera que la prohibición de la siembra, cultivo y cosecha de cáñamo, con fines distintos a los médicos y científicos, es innecesaria porque existen otras alternativas para proteger la salud pública tales como medidas de monitoreo, seguridad y control del proceso de producción. “Además de que dicho sistema también ocasiona una afectación desproporcionada a la libertad de comercio”, dice la sentencia, según cita la agencia EFE.
“Por lo tanto, la Primera Sala concedió el amparo para el efecto de que la Cofepris otorgue a la demandante la autorización para la siembra, cultivo y cosecha de cáñamo, siempre y cuando garantice que la planta produzca concentraciones iguales o menores al 1 % de THC y bajo las condiciones de monitoreo, control y seguridad que la autoridad competente, en ejercicio de sus atribuciones técnicas, estime convenientes para proteger la salud y orden público”, concluye la sentencia.
La Suprema Corte de México se ha pronunciado en repetidas ocasiones sobre el cannabis con sentencias anteriores que declararon inconstitucional la prohibición del uso lúdico y medicinal de la planta. Como consecuencia de aquellas sentencias se inició un proceso legislativo en el Congreso para regular el cannabis que todavía no ha concluido. Tras sucesivos retrasos en el proceso, los legisladores esperan poder presentar una nueva ley de regulación del uso adulto de cannabis en las próximas semanas.