Suiza se convertirá en los próximos meses en el primer país europeo en proveer de cannabis de uso recreativo a una parte de la población a través de una regulación temporal en forma de programa piloto. El Gobierno publicó la semana pasada el borrador del texto legal que recoge los requisitos y el funcionamiento del programa piloto, que podrá ponerse en marcha a partir del próximo 15 de mayo.
“Los programas piloto se establecen con el propósito expreso de adquirir conocimientos científicos como los efectos socioeconómicos de la legalización. Pueden ser promovidos por entidades públicas o privadas, con la participación de un instituto de investigación así como de autoridades cantonales y locales y la aprobación de la Oficina federal de salud pública”, aclara el texto.
Se podrá realizar un máximo de un programa piloto por municipio, que tendrá una duración de hasta 5 años, prorrogables durante dos más. Cada programa piloto podrá proporcionar cannabis a un máximo de 5000 participantes registrados, que deberán acreditar que son consumidores previos de cannabis. Habrá un médico responsable de controlar la salud de los participantes y el cannabis se venderá en puntos de venta que deberán ser aprobados previamente por la Oficina de Salud Pública.
El reglamento también establece que los productos de cannabis deben ser cultivados orgánicamente, siguiendo la definición de “orgánico” que se establece en la legislación suiza, y de acuerdo con las Buenas Prácticas Agrícolas establecidas por la Agencia Europea de Medicamentos. El cannabis deberá cultivarse en Suiza en la medida de lo posible. Los productos no deberán superar el 20% de THC, ni contener más de 10 mg de THC por unidad de consumo. El programa permitirá tanto productos sin procesar (cogollos), como extractos y preparados, incluyendo productos ingeribles.
La normativa también incluye un apartado sobre el envasado, en el que se indica que los productos destinados a la ingestión deberán estar en envases a prueba de niños. El empaquetado contará con advertencias de seguridad e información sobre el contenido de cannabinoides y deberá hacer referencia al programa piloto bajo el cual se distribuye el producto. El reglamento indica que los programas se podrán iniciar a partir del 15 de mayo de 2021 y podrán durar hasta mayo de 2031.